Diario de Castilla y León

La Audiencia de Zamora rebaja dos años y dos meses la pena de cárcel a un condenado por violar a un discapacitado por la ley del 'sí es sí'

La sala, con dos magistradas y un magistrado, reduce condena de 13 años y 8 meses a 11 y seis meses porque la nueva ley de Irene Montero "es más benigna"

La ministra de Igualdad, Irene Montero, en una imagen de archivo. EUROPA PRESS

La ministra de Igualdad, Irene Montero, en una imagen de archivo. EUROPA PRESS

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Felipe Ramos
Valladolid

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Nueva rebaja de condena en Castilla y León por la Ley del 'sólo sí es sí' . La Audiencia de Zamora rebaja dos años y dos meses la pena de cárcel a un condenado por violar a un discapacitado. La sección primera, con dos magistradas y un magistrado, reduce condena de 13 años y 8 meses a 11 y seis meses porque la nueva ley de Irene Montero "es más benigna, al ser inferior en dos y medio la pena establecida en la reforma". 

El tribunal, en la ejecutoria que acaba de remitir el TSJ de Castilla y León, deja claro que "procede la revisión de la condena" en este caso y que "ésta no puede ser rechazada". Argumento con el que viene a responder y rechazar la petición de la Fiscalía de Zamora, que se oponía a la rebaja de esos dos y seis meses, siguiendo así el criterio de la Fiscalía General del Estado . Entiende el Ministerio Público, según se recoge en la ejecutoria, que "en caso de ser modificados los límites máximos y mínimos de una pena, por efecto de una reforma -la ley del ´sí es sí´-, si la pena privativa de libertad impuesta antes de la modificación legislativa fuera también susceptible de ser impuesta con arreglo a la nueva redacción, no sería revisable".

A este argumento de la Fiscalía responde la Sección Primera de la Audiencia de Zamora que "este motivo, que procedería acoger de existir una norma transitoria como prevista en la LO 10/95, no puede serlo en contra del reo sin venir específicamente contemplado en la norma, pues no procede aplicar de forma extensiva esta y hacerlo en contra del reo". Conviene recordar que la nueva ley del 'sólo sí es sí', aprobada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero no recoge esa transitoria que aduce la Audiencia Provincial de Zamora .

Lo que tampoco entiende la Sala, y así lo recogen en su auto de revisión, "que resulte aplicable como criterio interpretativo, disposiciones transitorias con las que no cuenta la ley actual, y que, por tanto, no pueden aplicarse, pues la LO 10/2022 nada establece en cuanto a su aplicación a procedimientos en trámite o, como en este supuesto, ya juzgados y con sentencia firme".

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