Pena de 3 años y 8 meses por intentar violar a una estudiante de Erasmus en Salamanca
El Supremo ratifica la condena que impuso la Audiencia de Salamanca / La abordó en el Paseo Fluvial de Salamanca y trató de penetrarla además de masturbarse encima de ella
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a tres años y ocho meses de prisión por un delito de agresión sexual en grado de tentativa a A.G.G., un salmantino nacido en 1978, que acorraló a una joven estudiante británica con beca ‘Erasmus’, a la que forzó para desnudarla, tocarla y tratar de penetrarla vaginalmente, además de masturbarse encima de ella, en unos hechos que ocurrieron el 18 de junio de 2018 en el Paseo Fluvial de Salamanca.
La reciente sentencia 585/2024 a la que ha tenido acceso este diario, ratifica la de primera instancia impuesta por la Audiencia Provincial (AP) de Salamanca el 26 de julio de 2021 y la posterior, en el mismo sentido condenatorio, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) de fecha de 10 de febrero de 2022, cuando el condenado, recurrió en apelación.
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La última resolución del Supremo, después de que A.G.G. recurriera en casación, esgrimiendo error en la apreciación de la prueba y vulneración de su presunción de inocencia. Pero estos argumentos son rebatidos por el alto tribunal con bastante contundencia. Así, recuerda que la sentencia de instancia considera que la víctima proporcionó una versión, creíble, coherente y verosímil, y de entrada ratificada por el acusado, en la medida que no niega haber mantenido con ella una relación sexual.
Lesiones coherentes
Añade que la víctima presentaba lesiones coherentes con la forma en la que dijo habían ocurrido los hechos (erosiones y hematomas), e inmediatamente después a que éstos tuvieran lugar (según ratifica el médico forense que inmediatamente le asistió vio tras los hechos en el acto del juicio ratificando su informe).
Y agrega: «Otro dato que corrobora la versión de la víctima es el hecho de que tuviera que buscar las llaves entre la maleza del lugar, lo que es un indicio de que hizo uso de ellas para defenderse del ataque contra la libertad sexual del procesado. Y un nuevo elemento de corroboración deriva del propio actuar del acusado en el momento de los hechos, ya que al quitarle el móvil con el que quería hacer fotografías, y tirarle entre arbustos viene a ratificar el hecho de que a toda costa quería invitar su identificación”, señala el Supremo.
Según la sentencia ratificada, la joven estaba paseando por la zona sobre las 18.30 horas del 18 de junio de 2028 y, al llegar a donde se encuentra el antiguo molino de agua, se topó con el acusado, nacido en 1978, quien comenzó a seguirla y le mostró el miembro viril.
Siguiendo su paseo y tras recorrer un poco más el camino hasta donde es practicable, volvió la víctima sobre sus pasos, viendo en ese momento cómo el agresor mostraba el pene por fuera del pantalón-chándal que portaba, sin llegar a bajárselo. Tras ello, guiado por un ánimo libidinoso y de satisfacción sexual, acercándose a la joven y contra su voluntad, la agarró por los brazos y mediante empujones y cierto arrastre, la llevó hasta el final del camino o sendero (punto más aislado y con mayor vegetación y maleza) –distante a unos 30 metros–, diciéndole que «estuviera tranquila, que sólo iban a tener sexo» para, tumbándola boca arriba, contra un árbol caído, –pese a los esfuerzos de ella de desasirse de él y de que no se pusiera encima de ella– logró quitarle los pantalones o «short» corto que vestía, así como las bragas, que tiró al suelo.
Intento de hacer fotos
Y, con el pene por fuera del pantalón y pegado a su cuerpo, tocándole los pechos por encima de la camiseta, intentó penetrarla vaginalmente, cosa que no consiguió, pues, la estudiante se resistía utilizando sus manos en las que tenía un juego de llaves de casa. Ante ello, el procesado se retiró de la chica y poniéndose en pie comenzó a masturbarse frente a ella, diciéndole: ‘¡Qué rico!’, momento que la joven aprovechó para ponerse su pantalón y recoger sus cosas.
Seguidamente, ésta última intentó, con su teléfono móvil de un valor de unos 142 euros, hacerle alguna fotografía al procesado, no permitiéndoselo éste al arrebatárselo de la mano, para, luego, desprenderse del mismo, tirándolo a la maleza, sin que conste acreditado que dicho móvil se lo guardara y quedara con el fin de apropiarse del mismo, llegando, cuando abandonaba el lugar el agresor, yendo detrás la víctima, con sus sandalias rotas, a entregarle el suyo propio, previa retirada de la tarjeta n SIM para que no le denunciara.
La víctima sufrió erosiones en una pierna y en el antebrazo izquierdo, una erosión en su pie izquierdo, hematomas en la cara interna de su muslo izquierdo, y otras erosiones y contusiones en la espalda, de predominio dorso-lumbar; lesiones de las que curó, en tres días.