Liberación sindical amparada por la ley
Si el sueño de la razón producía monstruos, el sueño de una noche de verano en Valladolid produce alucinaciones que, junto al «estrés cognitivo» provocado por las olas de calor y el reduccionismo, al ponerlas negro sobre blanco dibujan un cuadro estrambótico, por ser indulgentes, de la realidad de la sanidad en Castilla y León.
Porque, en principio, sería ese estrés cognitivo, que afecta negativamente al funcionamiento normal del cerebro, la razón más lógica que lleve a plantear que el problema de las más de 250 plazas de difícil cobertura en atención primaria son los 30 profesionales de la medicina de familia que están liberados, de un total de 55, o los 127 de personal de enfermería, o los 87 técnicos en cuidados auxiliares de enfermería, por citar solo algunos ejemplos.
Claro que, otra opción puede ser que nosotros, los representantes sindicales en las mesas de negociación, nos hayamos liado buscando soluciones rebuscadas, planteando la necesidad de aplicar incentivos profesionales y económicos para cubrir esos puestos de trabajo, en mejorar las condiciones laborales. Seguro que, para esas mentes preclaras, también estaremos equivocados en criticar que los profesionales sanitarios estén firmando contratos diarios para trabajar, en oponernos a la contratación de médicos en atención primaria sin el MIR en medicina de familia o reclamar la actualización de las bolsas de trabajo que, desde hace más de un quinquenio, han quedado obsoletas.
Y, sin duda, también estarán equivocados quienes piensen que el problema de la sanidad es estructural, un problema político, de gestión, de maltrato continuado a los profesionales, o quienes, incluso, sospechen de un intento de privatizar una envidiable, y envidiada, sanidad pública. Quiénes somos nosotros, simples mortales, para contradecir a esas mentes privilegiadas, que nos alumbran con su ingenio, y que ya han decidido que el problema de la sanidad castellana y leonesa son las liberaciones sindicales.
Arrasemos con las horas sindicales, con los liberados sindicales, con los representantes de los trabajadores, con los sindicatos, en definitiva, porque todas estas zarandajas tienen la culpa de todos los males que nos azotan como sociedad. Y, así, una vez que se haya terminado con todo esto los trabajadores volverán a cumplir con sus obligaciones: trabajar como hace 150 años, de sol a sol, a merced de sus empleadores, sin derechos y quedando eternamente agradecidas ante la gran oportunidad de poder trabajar para ellos.
Pues va a ser que no. Los sindicatos, la acción sindical y los liberados sindicales están reconocidos y amparados por la Constitución española (art. 7), la Ley Orgánica de Libertad Sindical (art. 2) y el Estatuto de los Trabajadores (art. 68). Así, los trabajadores tienen el derecho a elegir, a través de las elecciones sindicales, a sus representantes y estos, según reconoce el Estatuto de los Trabajadores (ET), disponen de una serie de horas, que varían según el volumen de la plantilla, para su labor sindical en defensa de los derechos de sus compañeros. Pues bien, le ley también determina que, previo acuerdo, se podrán acumular las horas sindicales en uno o varios representantes. Y así llegamos a los liberados sindicales, que pueden serlo parcial o totalmente, responsables de la representación, negociación, asesoramiento y resolución de conflictos entre la empresa y los trabajadores. En definitiva, el derecho de los trabajadores a ser representados y defendidos y el derecho que tienen los trabajadores a la liberación sindical para representar y defender los derechos de sus compañeros.
Así de fácil. Sin «cobijos» solo «amparo» legal. Porque, aunque ambas palabras sean sinónimas la diferencia de matiz es fundamental. Nada nuevo bajo el sol, de hecho, los principios de exageración, desfiguración y orquestación ya fueron utilizados en la Alemania de los años 30 del siglo pasado.