Control de alcoholemia para médicos
UN FESTEJO taurino no puede celebrarse si en la plaza de toros no hay una adecuada asistencia sanitaria. El equipo será mejor o peor pero no debe faltar un médico, cuya actuación inicial puede ser fundamental para salvar una vida. Nadie podría imaginarse que el facultativo no esté en perfectas condiciones para actuar con rapidez y aplicar las medidas de urgencia necesarias atender en el momento las heridas y preparar el traslado al hospital si fuera necesario. Así que cuando en El Burgo de Osma fue necesario retrasar el inicio del espectáculo tres cuartos de hora porque no había médico nadie cuestionó la justificación de la demora, aunque lo que sí generó estupefacción fue el motivo de la ausencia de, en este caso, la facultativa. Estaba retenida por la Guardia Civil por dar positivo en la prueba de alcohol que le realizaron en la carretera como una conductora más. No era un pequeño desliz, pues la Subdelegación del Gobierno en Soria afirma que el nivel de alcohol en la sangre de la médica supone acusación por delito contra la seguridad vial y de tráfico. La fiesta taurina no se suspendió ya que llegó otro cirujano a la plaza burgense. La Asociación del Defensor del Paciente, presidida por Carmen Flores, aprovechó el suceso para reclamar controles de alcoholemia rutinarios a todos los sanitarios que estén tratando a pacientes. No es una petición nueva, ya que la asociación comenzó con ella hace 25 años, pero la repercusión de lo sucedido en las fiestas de El Burgo de Osma animó a la asociación a recordar su reclamación. Hay que reconocer que suena extraño, pero los que peinamos canas también recordamos que nos extrañó en su día cuando se hicieron frecuentes los controles en las carreteras. Fue en los años setenta cuando se fijo un máximo de alcohol en sangre para poder conducir. La tasa se estableció inicialmente en 0.8 gramos por litro de sangre, pero en 1989 se rebajó a 0,5 gr/l en sangre o 0,25 mg/l de aire expirado. Es delito a partir a partir de 1,2 gr/l de sangre o 0,60 mg/l en aire. La DGT explica que alcanzar el límite de 0,25 mg/l en aire supone entrar en zona de riesgo a la hora de conducir, porque aparece la excitabilidad, la tolerancia al riesgo y se empieza a subestimar la velocidad. La posibilidad de accidente se duplica. Se está en zona de alarma entre 0,25 y 0,40, cuando se quintuplica el peligro de accidente debido a la falsa seguridad, la agresividad y la mala percepción de las distancias provocadas por el alcohol. La conducción es peligrosa con una tasa de entre 0,40 y 0,75, cuando ya uno sobreestima su capacidad, la tolerancia al riesgo es aún mayor y la visión se ve afectada por el alcohol. El riesgo se accidente se multiplica por nueve. Y por 20 ya en el caso de que la tasa esté entre 0,75 y 1,25, cuando ya hay problemas de percepción importantes. Si se sobrepasa el 1,50 ya hay posibilidad de entrar en coma. Habría que ver si esa tabla se puede trasladar a una actuación médica.