Diario de Castilla y León

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Entonces, parece, tenemos que sentirnos orgullosos del Estatuto de Castilla y León. Orgullosos consumidores estatutarios. Pues votantes los somos un día, de vez en cuando, y consumidores de modo habitual. Un Estatuto cuarentón, el mozo, que tardó en salir, en un parto de dilatación lenta, entre la ruptura de aguas y el agrupamiento de tierras, con esas disputas entre aparceros de la democracia, caciques de acueductos y rancios lectores de libros de Historia, que siempre encuentran una cita para travestirse en armadura medieval con derecho a soldada y dietas. Y si cae alguna comisión parlamentaria, pues oye, que nadie le hace ascos a tan democrática mordida.

Pues no. Una cosa es que Vox ande con sus jueguecitos entre nostálgicos y homogeneizantes, y otra, distinta, y mucho, sacar pecho. Nuestro Estatuto llegó como llegó por disputas interesadas y por el convencimiento, incluso tácito, de que la eficacia de los derechos y libertades, junto con el principio de solidaridad interterritorial, aspectos tan cacareados en la Constitución, no iban a desarrollarse con la lealtad y eficiencia necesarias. Y así ha sido.

Aquí, en territorio CyL, el sentimiento de ser castellano y leonés (que no con guion entre ambos gentilicios) es, o deja de ser, el que había hace 40 años.

El ciudadano, al que, naturalmente, le recomiendan la medicina democrática, desea un consumo nutritivo, sin efectos indeseables, para una sana y digna digestión personal y social. La parcelación del Estado debería hacerse con criterios de bienestar. Descentralizar, para lograr una mayor implicación y conocimientos de la necesidad cercana, no supone la necesaria creación de parlamentos a escala. Los hemiciclos, por sí mismos, solo aseguran la satisfacción de ambiciones mediocres, en ningún caso la mejora en derechos y servicios de los ciudadanos.

¿Por qué ha de ser mejor una división por regiones y autonomías que por provincias? De hecho, hay autonomías uniprovinciales. Se podría aludir a que supone una fragmentación excesiva, lo que sin dejar ser cierto, no es sino la expresión paralela a una compartimentación por las vigentes delegaciones territoriales (término que elude la palabra provincial para no desvelar, precisamente, lo que es patente).

El concepto territorial solo es legítimo si supone un cauce, útil y eficaz, real, de la defensa de los derechos del consumidor-ciudadano, bajo una solidaridad nacional. Y, hasta ahora, ese mandato constitucional no es real en España.

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