Diario de Castilla y León

Pistoletazo al registro de contratos para hacer cumplir la Ley de la Cadena

El Ministerio somete a consulta pública el real decreto que lo regulará junto al reglamento de la Aica / La herramienta debe estar plenamente operativa antes del 31 de enero de próximo año

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Santiago G. del Campo
Valladolid

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Agricultores y ganaderos acogieron con escepticismo el pasado mes de diciembre la reforma de la Ley de la Cadena Alimentaria. Pese a los avances que recoge el texto, el sector primario sigue a la expectativa de si la norma se aplicará como es debido o no, a la vista del fracaso de la ley homónima anterior. 

Ese escepticismo es algo menor desde el pasado martes, cuando el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Mapa) anunció la apertura del plazo de consulta pública del real decreto que regulará el nuevo registro de contratos alimentarios, una herramienta que prevé la Ley para garantizar su cumplimiento. Paralelamente, abre también consulta pública para el proyecto de otro real decreto por el que se modificará el estatuto de la Agencia de Información y Control Alimentarios (Aica), el organismo encargado de la vigilancia establecimiento de las correspondientes sanciones , en su caso. El plazo está abierto hasta el 15 de julio.

La reforma de la Ley trata de poner coto a los abusos que se producen en la cadena de valor de la agroalimentación, con el establecimiento de precios justos para todos los eslabones que forman parte de ella. El conflicto de la leche, que arrecia desde hace meses y se traduce en el cierre de decenas de granjas cada año en Castilla y León, es la punta del iceberg de un problema que se extiende a la gran mayoría de los subsectores de la agricultura y la ganadería.

Un problema más grave ahora que nunca, cuando todos los costes de producción se encarecen y conforman una ‘tormenta perfecta’ para la ruina del sector primario: disparado precio de la energía eléctrica y los combustibles, que sube enormemente los costes del riego; elevado incremento del coste de fitosanitarios y fertilizantes, que hacen que el agricultor «eche a la tierra un montón de dinero», como apunta el presidente de Asaja Castilla y León, Donaciano Dujo, «sin saber si lo que va a cobrar compensará todo lo que ha invertido».

La cosecha de cereal de este año, con una merma de entre el 30 y el 50% respecto al anterior, es buena muestra de ello. Esta ha sido, como han explicado las Organizaciones Profesionales Agrarias (Opas) en repetidas ocasiones, «la cosecha más cara de la historia», con un rendimiento final decepcionante. A los elevados costes se ha unido el mal comportamiento del cielo, que ha sido rácano en lluvias y ha castigado con una ola de calor extremo en el momento menos indicado.

Los inconvenientes de la agricultura los ha sufrido también la ganadería, que a los costes de energía y carburantes ha unido el de los piensos, más caros que nunca por la elevada cotización de los cereales, particularmente el maíz. Un sector que padece cada vez más las exigentes medidas de bienestar animal dictadas desde la UE, algunas de ellas cercanas al capricho, como apunta el coordinador de Coag Castilla y León, Lorenzo Rivera.

Tanto Rivera como el coordinador de UPA Castilla yLeón, Aurelio González, han pedido de forma conjunta una compensación por el incremento del precio de la electricidad y del gasóleo, que está «poniendo en jaque a muchas explotaciones agrarias» en la Comunidad. También pidieron al consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo rural que trabaje en el desarrollo de la Ley de la Cadena Alimentaria y que fije los costes de producción en la Comunidad, dado que esta norma es la mejor herramienta que tienen agricultores y ganaderos. «Si la Ley de la Cadena Alimentaria se cumpliera, el 85% de los problemas del campo se solucionarían», señala Aurelio González.

En el mismo sentido el coordinador de Unión de Campesinos de Castilla y León, La Unión de Campesinos de Castilla y León (UCCL) Jesús Manuel González Palacín, denuncia que la Ley de la Cadena Alimentaria «no sirve de nada mientras no se establezca por parte de las Administraciones Públicas una herramienta que ofrezca un dato oficial del coste de producción para que agricultores y ganaderos puedan negociar los precios con industria agroalimentaria y las cadenas de distribución». CONSULTA

En este marco, el Mapa ha iniciado el procedimiento de consulta pública del proyecto de real decreto por el que se desarrolla el registro de contratos alimentarios y del proyecto de real decreto por el que se modifica el Estatuto de la Agencia de Información y Control Alimentarios (Aica).

La elaboración de estos reales decretos por parte del Ejecutivo central «es el resultado de las modificaciones introducidas en la ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria», explicó el Ministerio en un comunicado. Esa reforma de la Ley de la Cadena Alimentaria establece la obligación de crear un registro digital en el que se deben inscribir los contratos alimentarios que se suscriban con los productores primarios y sus asociaciones, así como sus modificaciones, antes de la entrega del producto.

«De esta manera se contribuye a incrementar la protección de los productores y sus agrupaciones, al poner a disposición de Aica y del resto de autoridades de ejecución designadas por las comunidades autónomas, un instrumento que facilitará las tareas de inspección y de control», señala la misma fuente.

Asimismo «se hace necesario modificar el Estatuto de Aica, (aprobado por el real decreto 227/2014, de 4 de abril, y el real decreto 66/2015, de 6 de febrero, que regula el régimen de controles) para adaptar las funciones de la agencia, incluyendo la de autoridad de ejecución nacional». También se eliminan determinadas funciones derivadas de la modificación de la ley de la cadena, y se adaptan referencias legislativas y algunos aspectos de la actividad inspectora de la agencia.

Cabezas de vacuno de carne en una explotación de crianza en extensivo. PQS / CCO

Cabezas de vacuno de carne en una explotación de crianza en extensivo. PQS / CCO

En cuanto al registro de contratos, la Aica y las restantes autoridades competentes tendrán la potestad de acceder a dicho registro para realizar las comprobaciones pertinentes en el ámbito de sus competencias, con sujeción a la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y de competencia.

La disposición final sexta de la Ley 16/2021, de 14 de diciembre, habilita expresamente al Mapa a dictar «cuantas disposiciones sean precisas» para el desarrollo normativo y puesta en marcha del registro de contratos alimentarios previsto en el artículo 11 bis de la ley para el 1 de enero de 2023.

Por su parte, la Ley de la cadena establece que la obligación de inscripción de contratos alimentarios «entrará en vigor en el momento en que el registro esté plenamente operativo». En cumplimiento de esos mandatos, se aprueban en el real decreto en consulta pública las medidas necesarias para poner a disposición de las autoridades de ejecución encargadas de control del cumplimiento de las obligaciones impuestas en materia de cadena alimentaria un instrumento «que facilitará las tareas de inspección y de control que tengan atribuidas y la tramitación de los posibles procedimientos sancionadores por las Administraciones competentes que se deriven los incumplimientos», explica el Mapa, lo que «redundará en una mayor seguridad jurídica en dichas relaciones comerciales y una estructuración más eficiente de la cadena».

La parte dispositiva consta de diecisiete artículos distribuidos en siete capítulos, que se complementan con dos anexos que recogen los datos que, como mínimo, deberán ser proporcionados por parte de los sujetos obligados.

El Registro de Contratos Alimentarios tendrá la finalidad de suministrar a la Aica y al resto de Autoridades de Ejecución designadas por las comunidades autónomas, la información necesaria para la comprobación del cumplimiento de la obligación de inscribir los contratos alimentarios y sus modificaciones, anexos y documentación complementaria.

Con tal finalidad, el real decreto regula los sujetos obligados a la inscripción y el contenido de la misma, y detalla la aplicación electrónica del registro, que contará, como mínimo, con funcionalidades como un inventario de compradores, inscripción de contratos alimentarios, y consulta de esas inscripciones.

Por otra parte, sigue explicando el Mapa, la necesaria digitalización de los datos del sector agrario «debe continuar el camino ya emprendido en otros ámbitos», en los que las relaciones con la Administración se llevan a cabo de manera íntegra por medios telemáticos. Como corolario, se recoge la obligación de los sujetos concernidos de relacionarse con la Administración por medios electrónicos, y en el caso de los restantes operadores se dispone, en atención a sus características profesionales, la misma obligación, habida cuenta de que se trata de un sector en constante proceso de digitalización y «ya sometido a importantes obligaciones electrónicas y que posee las herramientas suficientes para su aplicación efectiva». 

Considera el proyecto de real decreto que una parte importante de los operadores incorporan en sus técnicas productivas y de organización empresarial métodos sofisticados y de avanzada tecnología, en muchos casos completada con la necesidad de mantener intercambios con otros operadores por medios tecnológicos, por ejemplo, en materia de trazabilidad o gestión comercial, que se complementan con las crecientes obligaciones sectoriales de relacionarse electrónicamente con los poderes públicos y la frecuente puesta a disposición por parte de éstos de mecanismos informáticos para asegurar las tareas de control, dación de información y seguimiento.

Señala por otro lado el proyecto de real decreto que la obligación de inscripción de los contratos alimentarios en el Registro de Contratos Alimentarios se iniciará el 31 de enero de 2023, fecha en la que el registro «estará plenamente operativo», señala el Ministerio. «Esto es, los contratos entre productores primarios y sus agrupaciones y sujetos obligados que se formalicen a partir de esa fecha estarán obligados a inscribirse en el citado registro». Este aspecto se cierra con la previsión de un régimen transitorio, al considerar la norma que, para los contratos celebrados entre productores primarios y sus agrupaciones y los sujetos obligados que se hubieran formalizado con anterioridad al 31 de enero de 2023, será obligatorio inscribir la información complementaria y anexos, así como las modificaciones contractuales cuando éstas se hubieran producido con posterioridad a esa fecha.

CONSULTA

En cuanto al proyecto de real decreto para modificar estatuto de la Aica, el texto aclara que la modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria del pasado 14 de diciembre ha traspuesto de forma completa al Derecho interno la Directiva de la UE sobre el asunto, además de incorporar «otras mejoras en el funcionamiento del sistema».

Fue en 2014 cuando se aprobó el vigente estatuto de la Aica, con las funciones y competencias del organismo; sus potestades administrativas; la determinación de su estructura organizativa, con expresión de la composición, funciones, competencias y rango administrativo que correspondía a cada órgano; la especificación de los actos y resoluciones de la Agencia; el patrimonio asignado y los recursos económicos que debían de financiarlos; y, finalmente, el régimen relativo a recursos humanos, patrimonio, presupuesto y contratación del organismo. En 2015 se ordenó la actividad inspectora de la agencia, con los aspectos referentes al personal inspector, la planificación de las actuaciones inspectoras y las consecuencias derivadas de las actividades de control.

Algunos de esos aspectos regulados «se han visto sustancialmente alterados» con la modificación de la Ley y es preciso regularlos. En concreto, mediante la reforma legal se ha suprimido, entre los fines y las consiguientes funciones de la agencia, el desarrollo de las funciones de control oficial antes de la comercialización de las Denominaciones de Origen Protegidas y de las Indicaciones Geográficas Protegidas, cuyo ámbito territorial se extienda a más de una Comunidad Autónoma. 

Por otra parte, se han añadido a las funciones de la Aica las de ejercer las competencias recogidas en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, como autoridad de ejecución nacional, sin perjuicio de las competencias de las autoridades autonómicas; así como llevar a cabo las tareas necesarias como punto de contacto para la cooperación entre las autoridades de ejecución, así como con la Comisión Europea. Del mismo modo, se acometen reformas orgánicas para acomodar el estatuto jurídico vigente a los mandatos legales, como por ejemplo dada la novedosa capacidad para resolver determinados expedientes sancionadores por parte del Director de la Agencia, con la debida separación entre la fase instructora y la resolutoria.

Autorizadas 129 hectáreas de viñedo nuevo

Castilla y León es la segunda Comunidad que recibe más superficie, el 13,6% del total nacional

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Mapa) ha autorizado 129 hectáreas de viñedo de nueva plantación en Castilla y León, lo que supone el 13,6% del total de hectáreas que han recibido luz verde por parte del Gobierno central. Castilla y León es la segunda autonomía de la tabla en superficie concedida, solo por detrás de Castilla-La Mancha, que con 508 hectáreas acapara más de la mitad, concretamente el 53,7%. Cataluña es la tercera, con 112.

El Mapa comunicó el pasado miércoles a las comunidades autónomas las superficies a conceder por cada solicitud de autorización para nuevas plantaciones de viñedo en 2022, que suman un total de 946 hectáreas en toda España, de las que el 74 % corresponden a viticultores titulares de pequeñas y medianas explotaciones. El Ministerio ha centralizado y ordenado las solicitudes admisibles puntuadas que remitieron las comunidades autónomas, y ha trasladado la resolución a éstas para que se lo comuniquen a los beneficiarios, lo que tendrán que hacer antes del 1 de agosto.

Viñedo viejo en el municipio berciano de Toral de los Vados. ICAL

Viñedo viejo en el municipio berciano de Toral de los Vados. ICAL

La superficie concedida se ha repartido entre los cuatro primeros grupos considerados de prioridad. El 74 % de la misma se ha concentrado en los tres primeros: viticultor joven con pequeña explotación, viticultor con pequeña explotación y viticultor joven con mediana explotación. Estos tres grupos recibirán el 100 % de la superficie admisible que solicitaron, con un máximo de 5 hectáreas por solicitante. A los viticultores del cuarto grupo de prioridad, los titulares de mediana explotación, se les asigna el 26% restante de superficie. De los cuatro grupos, destacan los viticultores con pequeña explotación, que suman el 42% de la superficie concedida, y los viticultores jóvenes, que representan el 32% de la superficie concedida.

Estas concesiones se realizan sobre un total de superficie solicitada de 3.822 hectáreas, que se reduce a 3.045 una vez tenidos en cuenta los criterios de admisibilidad, y tras aplicar el límite máximo de 5 hectáreas por solicitante.

La demanda de autorizaciones para plantación de nuevos viñedos mantiene su tendencia a la baja. La superficie total solicitada este año ha descendido un 17% con respecto a 2021, año en el que a su vez ya se produjo una reducción del 40% sobre el ejercicio de 2020.

Según ha explicado el Mapa, el 1 de enero de 2016 entró en vigor el nuevo régimen de autorizaciones de plantaciones de viñedo, que sustituye al antiguo sistema de derechos, y que permite continuar con un crecimiento controlado del potencial de producción.

El nuevo sistema estipula la obtención de una autorización a partir de un cupo que se establece cada año para autorizaciones de nuevas plantaciones y que se reparte entre los solicitantes conforme a lo establecido en la normativa de la Unión Europea y nacional. El 28 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el límite de superficie para la concesión de nuevas plantaciones para 2022, el 0,1% de la superficie plantada de viñedo a 31 de julio de 2021, lo que equivale a 946 hectáreas, teniendo en cuenta la recomendación presentada por la Organización Interprofesional de Vino de España.

 

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