Cerrar

El TSJCyL ratifica los 17 años de cárcel al ex concejal de Ponferrada por maltrato y lesiones agravadas contra su ex mujer

La Sala de lo Civil y Penal confirma íntegramente la condena impuesta por el tribunal provincial a Pedro Muñoz, sentencia que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo

El exconcejal Pedro Muñoz asistiendo a una vista en la Audiencia Provincial de León en una imagen de archivo.ICAL

Publicado por
Diario de Castilla y León | El Mundo
Valladolid

Creado:

Actualizado:

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha resuelto los recursos presentados contra la resolución de la Audiencia Provincial de León que condenó a 16 años y 11 meses de cárcel al exconcejal del Ayuntamiento de Ponferrada Pedro Muñoz y confirma íntegramente la condena impuesta por el tribunal provincial.

Cabe recordar que en enero de 2024, la Audiencia de León condenó a Muñoz por un delito de lesiones agravadas, con las circunstancias agravantes de parentesco y discriminación por razón de género (12 años de cárcel), tres delitos de maltrato familiar (nueve meses por el primero, nueve meses por segundo y 11 meses por el tercero) y un delito de maltrato familiar habitual (dos años y medio de prisión) contra su exmujer, Raquel Díaz.

Además se le prohibió aproximarse a la víctima a una distancia inferior a 500 metros de su domicilio, centro de trabajo o cualquier lugar en el que se encuentre y comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, prohibiciones vigentes durante 18 años. Para controlar el cumplimiento de esas medidas se acordó mantener el dispositivo de control telemático impuesto al acusado, informa Ical.

El dictamen judicial absolvió a Pedro Muñoz de los delitos de asesinato en grado de tentativa y de homicidio en grado de tentativa -en este caso por la concurrencia de la excusa absolutoria de desestimiento voluntario- que le atribuían las acusaciones particulares y también de los de amenazas en el ámbito familiar y leve de injurias en el ámbito familiar.

Cargando contenidos...

La sentencia del TSJCyL puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.