Diario de Castilla y León

TRIBUNALES

Condenan al Ayuntamiento de León a pagar 150.000 euros a un funcionario por exceso de trabajo

La sentencia reconoce que el trabajador del consistorio asumió desde 2014 las labores que tendrían que haber llevado a cabo tres personas

Fachada del Ayuntamiento de León, en una imagen de archivo.

Fachada del Ayuntamiento de León, en una imagen de archivo.E. M.

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Valladolid

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150.000 euros. Esa es la cantidad que el Ayuntamiento de León deberá pagar a un funcionario después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de la capital leonesa así lo haya dictaminado después de que el beneficiario del dinero hubiera llevado a cabo desde 2014 las tareas que deberían haber recaído sobre tres personas.

Así, el tribunal impone al consistorio el pago de esta indemnización por daños y perjuicios debido a la sobrecarga de trabajo continuada que el funcionario H.T.M. asumió el trabajo de tres personas durante varios años.

La sentencia, según publica El País, recoge que el indemnizado se encontraba ante una "carga de trabajo inasumible" mientras ejercía como abogado de la asesoría jurídica del Ayuntamiento de León y con 43 años de servicio. 

Esta sobrecarga laboral comenzó en el año 2014, momento en el que el Consistorio leonés contaba con tres plazas de letrados del área de servicios jurídicos. Este funcionario ocupaba una de ellas, mientras que otra que ocupaba un compañero acabó quedando vacía indefinidamente.

Y mientras que esta vacante resultó amortizada en la práctica, la tercera de ellas y que ocupaba otro compañero también quedó vacía cuando este encadenó varias bajas prolongadas sin ser sustituido entre 2016 y 2019, lo que dejó a H.T.M. como único abogado de los servicios jurídicos del Ayuntamiento de León. Solo en 2020, una vez que este tercer compañero pasó a servicios especiales, su plaza fue cubierta por otra empleada municipal aunque solo por un periodo de ocho meses.

No fue hasta 2022 cuando la situación en el Ayuntamiento de León, siempre según la información publicada por El País, se recondujo. Aquel año, el funcionario indemnizado cogió una baja de dos meses, lo que obligó al Consistorio a contratar a dos letrados interinos al encontrarse que de un día para otro no tenían abogado. De hecho, estas nuevas incorporaciones son las que completan junto a H.T.M. las tres plazas a día de hoy.

A la vista del desarrollo de los acontecimiento durante estos nueve años años en los que el Ayuntamiento no sustituyó a los compañeros del funcionario ahora indemnizado durante sus respectivas bajas o cuando abandonaron sus puestos, la sentencia del juzgado habla también de "daños continuados".

Otra de las cuestiones que también se tienen en cuenta en el fallo judicial es la "pasividad" del Ayuntamiento ya que, a pesar de que H.T.M. advirtió del exceso de trabajo que estaba asumiendo "repetida y diligentemente", no se tomaron medidas al respecto. De esta forma, durante los nueve años que se prolongó esta situación y a pesar de comunicaciones a los responsables de recursos humanos verbalmente y por escrito, no se tomaron cartas en el asunto para revertirla.

El magistrado señala también que el trabajo "multiplicado" al que hizo frente H.T.M. le provocó daños, lo que a su vez le lleva a determinar que se ha vulnerado su derecho como empleado público a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. A ello añade, además, que se puso en riesgo la integridad física del indemnizado sin que la Administración hiciera frente a las obligaciones de protección y prevención que recoge la Constitución Española en su artículo 15.

En este sentido, y en base a todo lo anterior, el magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de León entiende que en este caso se puede aplicar la vía de la responsabilidad patrimonial a fin de reparar los daños que un empleado público pueda sufrir en el desarrollo de su actividad. Es la ley la que recoge que estos trabajadores no deben responder con su propio patrimonio de un daño que se haya producido por ser funcionarios siempre que no exista negligencia por su parte. 

Siguiendo esta fórmula se ha calculado la indemnización a percibir por H.T.M. con el sueldo y los complementos correspondientes a los puestos cuyas vacantes no se ocuparon y con la excepción de las cantidades complementarias por productividad.

A pesar de todo el funcionario indemnizado, que se ha representado a sí mismo durante el proceso judicial, indica que esa indemnización de 150.000 euros más intereses es en torno a la mitad de la cantidad reclamada en inicio, puesto que el juez entendió que una fracción correspondía a momentos ya prescritos.

Tras conocerse la noticia de la indemnización al funcionario del Consistorio leonés el alcalde de la capital del Bernesga, José Antonio Diez, ha anunciado este martes que el Consistorio recurrirá la sentencia, conocida la pasada semana.

"Esperaremos a ver qué es lo que dice el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León", ha relatado un regidor que ha evitado entrar en valoraciones sobre el contenido de la sentencia y ha asegurado respetar "totalmente" las decisiones judiciales "en un sentido o en otro". La estimación es que el TSJ pueda pronunciarse en un plazo de aproximadamente nueve o diez meses.

Diez ha explicado que el asunto está en manos del equipo jurídico municipal y ha asegurado desconocer el contenido de la sentencia y ha indicado que cuando esta sea firme, podrá valorar el contenido de la misma, informa Europa Press.

En cualquier caso, la sentencia no es firme y el Ayuntamiento de León ya la ha recurrido, por lo que ahora se tendrá que pronunciar el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Se estima que el fallo de este tribunal de apelación podría conocerse en el plazo de unos 9 o 10 meses.

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