Diario de Castilla y León

Medio Ambiente

La justicia europea tumba la ley de Castilla y León que permitía la caza del lobo

El Tribunal argumenta que la especie no puede ser declarada «cazable» en parte de un territorio «cuando su estado de conservación a nivel nacional sea desfavorable», pero la Junta aclara que en la práctica no lo es desde que se incluyó en el Listado de Especies Protegidas (Lespre) el 21 de septiembre de 2021

La sentencia responde a una cuestión prejudicial planteada por el TSJ tras un contencioso administrativo presentado por la asociación ecologista Ascel

Fotografía de archivo de lobos ibéricos. - E. PRESS

Fotografía de archivo de lobos ibéricos. - E. PRESS

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Valladolid

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Nuevo revés de la justicia europea para la Junta y para los ganaderos de Castilla y León, aunque en este caso no deje de ser simbólico, ya que la norma que declara contraria al Derecho comunitario no se aplicaba desde 2021. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha tumbado este lunes la ley autonómica que permitía la caza del lobo al norte del Duero, una norma que tuvo vigencia entre 2019 y 2021 y que solo la recuperaría en caso de que el lobo dejara de ser especie protegida. La clave está en que mientras el Gobierno central mantenga la especie catalogada como «en estado de conservación desfavorable» en todo el territorio español, no puede una parte de ese territorio, como es la Comunidad Autónoma, permitir su caza. Así lo explica el órgano judicial de la Unión Europea en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en un Auto de 30 de junio de 2022, tras interponer la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel) un procedimiento contra la norma.

La Junta de Castilla y León ha salido al paso de la sentencia para aclarar que en la práctica no está permitida la caza del lobo en ningún territorio de la Comunidad desde que se incluyó en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Lespre) el 21 de septiembre de 2021. Por ello, esta sentencia del TJUE solo tendrá efecto en el futuro, en el caso de que el lobo deje de ser considerado como especie protegida y pase a ser cinegética: «Nunca habrá caza del lobo si no está en un estado de conservación favorable», aseguró el consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Carlos Suárez-Quiñones, tras un acto institucional en Madrid en el que acompañó al presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco. Aseguró, además, que la Junta «acata y comparte plenamente el pronunciamiento de la justicia europea».

El Tribunal de Justicia responde que la ley regional es contraria a la Directiva puesto que el lobo «no puede ser declarado como especie cazable en una parte del territorio de un Estado miembro cuando su estado de conservación a nivel nacional es desfavorable». Considera que el hecho de que una especie animal pueda ser objeto de medidas de gestión «no implica que su estado de conservación sea favorable». Por otro lado, «la finalidad de esas medidas debe ser mantener o restablecer la especie de que se trate en un estado de conservación favorable. De este modo, cuando dichas medidas incluyen normas relativas a la caza, están destinadas a restringirla, y no a ampliarla. Por consiguiente, si es necesario, la caza puede incluso prohibirse».

Así lo explica el TJUE en un comunicado emitido este lunes que interpreta la sentencia en el asunto numerado 'C-436/22 | ASCEL'. El fallo se basa en normas medioambientales de la Unión como la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

El fallo contradice la norma aprobada por las Cortes de Castilla y León a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del territorio, pero es un varapalo también para las peticiones de las Organizaciones Profesionales Agrarias de Castilla y León, Asaja, UCCL, UPA y Coag, que han demandado reiteradamente a la Administración autonómica que se limite el número de lobos tras los frecuentes ataques a las explotaciones ganaderas.

El TJUE apunta además que una decisión que autorice la caza de una especie «debe estar justificada y basarse en los datos relativos a la vigilancia del estado de conservación de dicha especie». Además, esta vigilancia «debe ser objeto de una atención específica cuando la citada especie se considera, con carácter general, una especie de interés comunitario». Asegura la sentencia del TJUE que la Administración de Castilla y León «no tuvo en cuenta, al elaborar el plan controvertido, el informe del año 2019, según el cual el lobo se encontraba en un estado de conservación desfavorable en España».

En cualquier caso, apunta el Tribunal, las evaluaciones del estado de conservación de una especie y de la conveniencia de adoptar medidas de gestión «deben efectuarse teniendo en cuenta el informe elaborado por los Estados miembros cada seis años en virtud de la Directiva, así como los datos científicos más recientes obtenidos gracias a la vigilancia que los Estados miembros realizan. Estas evaluaciones deben llevarse a cabo no solo a nivel local, sino también a nivel de la región biogeográfica, o incluso a nivel transfronterizo».

Así, cuando una especie animal se encuentra en un estado de conservación desfavorable, «las autoridades competentes deben adoptar medidas para mejorar el estado de conservación de la especie de que se trate, de modo que sus poblaciones alcancen en el futuro un estado de conservación favorable sostenible». En este contexto, concluye, «cuando subsista una incertidumbre sobre los riesgos existentes para el mantenimiento de una especie en un estado de conservación favorable, pueden ser necesarias medidas de protección, como la restricción o la prohibición de caza, según el principio de cautela».

Una ley autonómica declaró el lobo como especie cazable al norte del Duero en Castilla y León. En 2019, la Junta aprobó un Plan de aprovechamientos comarcales del lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del río Duero en la Comunidad Autónoma para las temporadas 2019/2020, 2020/2021 y 2021/2022. Este plan permitía cazar un total de 339 lobos. Fue entonces cuando Ascel interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el Plan ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL.

La Sección Primera de esa Sala, con sede en Valladolid, en una ponencia de la magistrada Ana María Victoria Martínez Olalla, duda de la compatibilidad de la ley autonómica con la Directiva y pregunta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea a este respecto. «En efecto, según un informe para el período 2013-2018 enviado por España a la Comisión en 2019, el lobo se encontraba en un estado de conservación 'desfavorable-inadecuado' en las tres regiones que ocupa en el territorio nacional (mediterránea, atlántica y alpina), incluyendo las dos primeras Castilla y León», precisa el TJUE.

El Tribunal europeo esgrime así la Directiva sobre los hábitats, que  se adoptó «con el objetivo de interés general, perseguido por la Unión de la conservación, la protección y la mejora de la calidad del medio ambiente, contribuyendo a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres». En España, antes de la inclusión del lobo en el Lespre, las poblaciones de lobos ibéricos estaban sujetas a regímenes de protección distintos: las situadas al sur del río Duero disfrutaban de una protección rigurosa. Por su parte, las poblaciones situadas al norte tenían la calificación de especie animal de interés comunitario que podían ser objeto de medidas de gestión.

Ahora, tras la sentencia del TJUE, será el TSJCyL el que deberá resolver el litigio planteado por Ascel, pero siempre de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan un caso similar.

La catalogación del lobo como especie en estado de conservación 'desfavorable-inadecuado' en el territorio nacional se basa en un censo de hace diez años, totalmente desactualizado, según defienden tanto la Administración autonómica como las Opas. Ahora se está realizando otro censo oficial para conocer de manera científica la población del lobo, después de que la Comunidad contabilizara más de 5.500 reses muertas en 2023 y un 33% más de asaltos por manadas del depredador respecto a 2021, año de su inclusión en el Listado de Especies de Especial Protección (Lespre). Junta y Opas insisten desde ese año al departamento de Teresa Ribera, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) para que saque a la especie del Lespre.

La Consejería de Medio Ambiente licitó el pasado mes de marzo la realización de ese nuevo censo de lobos, y la empresa adjudicataria tiene plazo hasta octubre para presentar un informe, un inventario actualizado del número de manadas, ejemplares del cánido y su distribución geográfica en la Comunidad que sustituirá al anterior. Ese estudio será clave para la revisión del nivel de protección del cánido, pues será tras el análisis de los datos aportados por las comunidades autónomas cuando el Miteco estudie si rebaja el estatus de protección del lobo, como demandan las comunidades donde el depredador tiene más presencia, encabezadas por Castilla y León, Asturias, Cantabria y Galicia –suman el 95% de los ejemplares–, y tal como propone ahora también la Comisión Europea, en un inesperado giro después de que una manada de lobos acabara a dentelladas con la vida de Dolly, el pony más querido de la presidenta, Úrsula von der Leyen, el 1 de septiembre de 2022.

La misma suerte que la mascota de Von der Leyen, sobre la que declaró en su día que llevaban juntos «más de 30 años», corren miles de cabezas de ganado en Castilla y León todos los años. Continúan al alza los ataques del lobo en la Comunidad Autónoma desde la inclusión del depredador en el Lespre. En concreto, el número de asaltos del carnívoro al ganado subió a 3.558 en 2023, el mencionado 33% más que los registrados en 2021. Esos ataques supusieron, más concretamente, 5.566 cabezas muertas en todo el ejercicio. Y eso contando las víctimas cuya muerte por el lobo ha podido ser efectivamente probada por los ganaderos, que no son todas.

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