Diario de Castilla y León

TRIBUNALES

El TSJ desestima la querella de CCOO contra Veganzones por injurias y calumnias

Nueva victoria del consejero de Empleo frente al sindicato de Vicente Andrés al considerar el juez que no había causa en sus descalificaciones pese a que las considera "incorrectas, ofensivas e innecesarias"

El consejero de Industria, Comercio y Empleo, Mariano Veganzones.- ICAL

El consejero de Industria, Comercio y Empleo, Mariano Veganzones.ical

Publicado por
Valladolid

Creado:

Actualizado:

La enésima batalla judicial entre el consejero de Industria, Comercio y Empleo de Castilla y León, Mariano Veganzones, y los sindicatos se ha saldado con una victoria para el primero después de que el TSJ haya desestimado la querella de CCOO contra él a raíz de que les llamara "comegambas" o "parásitos", entre otras descalificaciones, ya que entiende que estas no constituyen infracción penal.

A través de un comunicado de prensa, ha sido la organización sindical la que ha publicado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de desestimar la querella pero haciendo hincapié en que la sala entiende que las palabras del consejero, aunque dentro de la legalidad, también son "incorrectas, ofensivas e innecesarias" y que podrían haberse sustituido por "otras menos hirientes".

El auto del TSJ, dictado como consecuencia de la querella por calumnias e injurias presentada por CCOO Castilla y León contra Veganzones, reconoce que dichas críticas se hacen "de una manera áspera e inapropiada". La Sala señala que el cargo institucional le ampara, porque dichas acusaciones se hicieron en un contexto político concreto. Además, el auto indica que la libertad de expresión del Estado de Derecho contempla este tipo de manifestaciones, por lo que el auto dicta que "no son constitutivas de infracción penal".

El Secretario General de CCOO Castilla y León, Vicente Andrés, ha valorado positivamente la sentencia del TSJ, porque reconoce que las críticas y atribuciones del Consejero de Empleo contra los sindicatos fueron "objetivamente injuriosas". Por otro lado, Andrés lamenta que el auto no reconozca la infracción penal para que el consejero se disculpara públicamente: "Era lo único que pedíamos en la querella".

Según el auto del TSJ, al que ha tenido acceso este periódico, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional recoge en algunas de sus sentencias que "la libertad de expresión comprende la libertad de crítica aun cuando la misma sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a quien se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática". Asimismo, el documento también apunta que con anterioridad se ha dicho que "los posibles límites a la libertad de expresión se amplían de forma considerable cuando la crítica se hace en el ámbito político".

Bajo esta argumentación, la sala sostiene que las acusaciones de Veganzones contra los sindicatos "son claramente incorrectas y ofensivas, y probablemente innecesarias para el fin perseguido por el querellado al pronunciarlas, que bien pudiera haber utilizado otras menos hirientes".

No obstante, el auto también recoge que "tales expresiones se realizaron o manifestaron, en todos los casos, en un contexto de crítica política y, en concreto, en la crítica de tal naturaleza que el querellado viene ejerciendo contra la labor de los sindicatos. Crítica que puede calificarse de excesiva, quizás desde parámetros objetivos, pero que, dadas las condiciones y circunstancias en que se produjo, hay que entender amparada por el derecho a la libertad de expresión del querellado, careciendo, por tanto, de trascendencia penal".

Esta no es la primera vez que Veganzones se impone en los tribunales a los sindicatos. Ya a finales de 2023 era también el TSJ el que, a través de la sala de lo social, daba la razón al consejero de la Junta al considerar que el Servicio Regional de Relaciones Laborales (Serla), constituido tanto por los agentes sociales firmantes de los acuerdos interprofesionales como por la Junta de Castilla y León, tiene la consideración de fundación pública de la Comunidad, en la medida en que es la Administración autonómica la única entidad que financia su actividad.

Mediante la Orden de 13 de abril de 2023, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León, se concedió a la Fundación del SERLA una subvención de 400.000 euros, sujeta a determinadas condiciones y requisitos. CCOO y UGT interpusieron una demanda, solicitando la anulación de esta Orden, por entender que la aportación dineraria concedida era insuficiente. No obstante, la sala de lo Social de Valladolid consideró que el acto administrativo de financiación de la Fundación del SERLA no deriva de las competencias autonómicas en materia laboral o sindical, sino que es resultado de la facultad de organización de la Junta de Castilla y León, y está inspirado en el principio de estabilidad presupuestaria.

Por su parte, en su largo recorrido en los tribunales, CCOO ya ganó un recurso contra la Consejería de Empleo el pasado mes de diciembre. En ese caso fue por el calendario de festivos de 2023. La sentencia recogía que ni había una memoria justificativa, ni se dio participación a los agentes sociales, ni se respetó la libertad sindical ni tampoco se tuvo en cuenta el Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Sin embargo, "también fue un poco agridulce", apunta el sindicato, porque cuando se dictó, en diciembre de 2023, ya no podía enmendarse. Eso sí, aseguran que "son ya dos las ocasiones en las que un juez ha sacado tarjeta roja a Mariano Veganzones"

tracking