Diario de Castilla y León

Condena pionera contra Sanidad por la muerte de una mujer que se contagió de Covid en el Hospital de Palencia

El TSJ de Castilla y León sentencia que hubo una infracción en 2020 al ingresar a la paciente, sospechosa de Covid con otra confirmada / El Defensor del Paciente resalta que "abre la puerta a muchas otras denuncias tanto en hospitales como en residencias"

Hospital Río Carrión en Palencia. E. M.

Hospital Río Carrión en Palencia. E. M.

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Felipe Ramos / Alicia Calvo / Valladolid
Valladolid

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Sentencia pionera contra Sanidad por la muerte de una mujer que se contagió de Covid-19 en el Hospital de Palencia porque se cometió la imprudencia de ingresarla en una habitación con una paciente con coronavirus confirmado cuando ella sólo era sospechosa de haberse infectado.El TSJCyL, en su sentencia del 28 de noviembre de 2023 que ha dado a conocer el Defensor del Paciente, condena a la Consejería de Sanidad y a su entidad aseguradora a indemnizar a los hijos de M.P.G. al estimar que «hubo una infracción de la lex artis al ingresar a la paciente, sospechosa de COVID, con una paciente confirmada». La cantidad de indemnización no ha trascendido puesto que la familia de la víctima prefiere omitirlo y que el foco se ponga en lo sucedido. La cantidad de indemnización no ha trascendido puesto que la familia de la víctima prefiere omitirlo y que el foco se ponga en lo sucedido.  Sacyl argumenta que se siguió el "protocolo", pero la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León rebate que "no hacían falta protocolos, sino sentido común"

Verónica Casado y Francisco Igea en una imagen de archivo. ICAL

Verónica Casado y Francisco Igea en una imagen de archivo. ICAL

Los hechos se remontan al primer 'año Covid', a 2020, cuando ya habían pasado varios meses del estallido de la pandemia y la gestión sanitaria en la Comunidad estaba en manos de la entonces consejera Verónica Casado, tutelada por Francisco Igea, que, por otro lado, siempre han presumido de gestión inmaculada durante la pandemia. M.P.G. acudió el 6 de septiembre de 2020 a Urgencias del Hospital Río Carrión "con síndrome febril por una celulitis con bacteriemia" y a partir de ahí se le efectuaron diversas pruebas, algunas encaminadas a comprobar si estaba contagiada de Covid-19, tal y como sucedía con cualquier usuario que acudiera al servicio de Urgencias.

"Entre las pruebas solicitadas se realizaron una toma de sangre para hemocultivo y otra toma de muestra de exudado nasofaríngeo para test de Antígenos para SARS-COV-2. La prueba de antígenos resultó positiva, aunque con la advertencia del laboratorio del propio hospital que cualquier positivo en esa prueba inicial debía confirmarse con la realización de otra prueba más específica, COVID-TMA, con nueva muestra". Aun así, sin confirmar la sospecha , con el diagnóstico de síndrome febril fue ingresada en la planta Covid en una habitación donde ya estaba instalada una paciente con Covid . Pasaron unas horas en la misma estancia. Horas en las que el tribunal entiende que fue cuando la víctima se contagió de Covid-19.

A las 12.00 horas del 7 de septiembre, según detalla la sentencia remitida por el Defensor de Paciente, la médica encargada comunicaba a sus hijos que la paciente había dado negativo en la prueba TMA -un test molecular- para Covid y que su madre iba permanecer en aislamiento. Más tarde, a lo largo de ese mismo día, la compañera de habitación de M.P.G. llamaba a sus hijos para pedirles que le hiciesen llegar una serie de pertenencias a su madre, entre ellas un móvil, comunicándoles que su madre se encontraba ingresada en su habitación y que ella era positiva en Covid. Los hijos se pusieron en contacto con el Complejo Asistencial Universitario de Palencia al desconocer la noticia y hasta las 20.00 horas no la cambiaron a una habitación aislada.

La paciente fue tratada de la enfermedad de base, pero presentó un resultado positivo de PCR a los siete días del ingreso y del contacto hospitalario , desarrollaba sintomatología de Covid a los catorce días del ingreso, falleciendo como consecuencia de la infección por Covid por complicaciones de esa enfermedad a los 19 días de manifestarse la sintomatología clínica.

Sanidad de Castilla y León y la entidad aseguradora sostienen que “se siguieron los protocolos”, pero el TSJCyL rechaza ese argumento y replica que " no es necesario ningún protocolo para justificarlo, basta sentido común, que un presunto infeccioso hasta que no se confirma que lo es no puede ser ingresado en una habitación compartida con otro que ya está diagnosticado como tal ; que era así antes del 17 de septiembre de 2020 lo pone en evidencia que el día 7 de septiembre de 2020, ya que se cambia a la paciente a una habitación aislada en la misma planta por haber estado en contacto estrecho con paciente positivo. Esto es, en el hospital había habitaciones suficientes para ingresar a la paciente en habitación no compartida, lo que hubiera evitado el contagio hospitalario que se produjo al ingresarla en una habitación con una paciente ya confirmada con Covid-19”.

La sala también estima que "ante la errónea actuación de la administración sanitaria, a ella le incumbía acreditar que el contagio de Covid-19 de la paciente no se produjo en el hospital, lo que no ha hecho". De este modo, indica que "por el contrario, existen indicios suficientes para concluir que fue así porque la evolución de la paciente 14 días después de contacto hospitalario hace muy probable que el contagio se produjera en el hospital con los datos epidemiológicos de evolución de la infección por Covid".

La defensora del Paciente,  Carmen Flores , señala que "la sentencia es muy importante porque es pionera al reconocer que existió una infracción de la lex artis al contagiar a una paciente de Covid en el propio hospital por una falta de cuidado. Fue una grave responsabilidad no aislarla hasta confirmarse el contagio", sostiene y añade que "el Covid no puede servir de excusa para justificar las negligencias médicas". Tras esta sentencia favorable, Flores se acuerda de otras familias que no han tenido la misma reparación: " Lamento todos los demás casos de personas que sufrieron algo parecido, pero, que, al no buscar responsabilidades, se han quedado por el camino. En este caso concreto, los hijos de la paciente no lo tuvieron fácil, pero no se rindieron. Desde el Hospital Rio Carrión de Palencia se hizo un gran esfuerzo para ocultar a la familia de M.P.G. el contagio hospitalario" .

Desde el Defensor del Paciente denuncian que "a pesar de que sus hijos reiteradamente solicitaban el historial médico completo de su madre, al que tenían derecho, se les negaba" . "Se les negaba el acceso a las hojas de evolución indicándose desde el referido centro que se trataba de anotaciones subjetivas del personal asistencial", y expone también que "cuando finalmente se tuvo acceso a dichas hojas de evolución, lo que mostraron no eran en modo alguno anotaciones subjetivas sino la confirmación de que el contagio fue hospitalario, reconocido por los propios médicos que la estaban atendiendo ".

El abogado de la familia, del defensor del Paciente, Santiago Díez, subraya a este diario que se trata de "una sentencia muy importante ya que reconoce que no todo vale en una situación de pandemia , que las cosas han de hacerse bien, con sentido común, pese a la circunstancias". Y augura que esta abra el camino de muchas otras denuncias: "Es pionera porque hay sentencias de contagios de profesionales con motivo del Covid, pero hasta ahora no ha trascendido ninguna de este calado, el contagio de una paciente por otro paciente en el propio hospital. Es muy importante porque abre la puerta a otras muchas tanto en hospitales como residencias de ancianos" , señala.

Y es que el abogado asegura que "la actuación a nivel sanitario en este caso fue un desastre, se puso en peligro a una persona que no era Covid al ingresarla sin estar confirmada con una enferma que sí lo era, ello abocó a la paciente a un contagio seguro y a su fallecimiento". A su juicio, "hubo más casos así, muchos, tanto en hospitales como en residencias", y señala que en ese año de pandemia "se ha utilizado como excusa para no actuar con la diligencia debida ya que estábamos en una suerte de fuerza mayor que impedía hacer las cosas mejor y, obviamente, no es cierto"

Aunque prefieren no precisar los años que tenía la fallecida, el letrado indica que " era una persona mayor pero no le tocaba morirse por Covid" , lamenta. "La familia ha recibido la sentencia con satisfacción.  Nadie les va a devolver a su madre, pero han ganado una lucha donde hasta se les intentó ocultar las anotaciones que hacían los médicos reconociendo que se había contagiado por un descontrol en la asignación de camas".

 

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