Diario de Castilla y León

DIEZ AÑOS DEL 'DERECHO A SABER' EN ESPAÑA

Las administraciones de Castilla y León ningunean 210 resoluciones de Transparencia, el 23%

«Es un efecto indeseado que produce una doble frustración, para el reclamante y para la Comisión», lamenta el ‘defensor del pueblo’ / Los ayuntamientos de León y Valladolid, entre los más desobedientes desde 2016

El comisionado de Transparencia, Tomás Quintana.- ICAL

El comisionado de Transparencia, Tomás Quintana.- ICAL

Publicado por
Esther Neila
Valladolid

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El acceso a la información pública –un derecho que el próximo 10 de diciembre cumple diez años en España– es una incierta travesía que a menudo se eterniza o desemboca en un callejón sin salida por la persistencia de algunas administraciones en ocultar datos o documentos que obran en su poder. Algunas se niegan a proporcionarlos incluso cuando se lo exige la Comisión de Transparencia (CT), el árbitro que en Castilla y León vela por el cumplimiento de la normativa y donde el ciudadano puede recurrir si no está conforme con la respuesta recibida. Desde 2016, este órgano ha dado la razón al reclamante en 916 ocasiones , pero en 210 no ha servido de nada al negarse la entidad pública a proporcionar la información requerida. Es decir, el 23% de sus pronunciamientos, casi una cuarta parte, son ignorados.

Sus resoluciones se pueden recurrir en el plazo de dos meses por la vía Contencioso-Administrativa. Pasado ese tiempo, son firmes. Y vinculantes. Es decir, la administración está obligada a cumplir con su dictamen. Sin embargo, como muestran los datos, en demasiadas ocasiones la administración afectada ni recurre ni cumple, «lo que constituye un efecto indeseado que lamentablemente no se puede evitar aplicando la normativa hoy vigente», explica Tomás Quintana, Procurador del Común , entidad que tiene encomendada la labor de la Comisión de Transparencia. «Este efecto indeseado produce una doble frustración, tanto para el reclamante como para la propia Comisión de Transparencia» , resume Quintana.

La explicación –«que no justificación»– de por qué cada año queda un número importante de resoluciones sin cumplir es que, aun siendo ejecutivas, no está regulado cómo se debe realizar esa ‘ejecucion’. Ni la ley nacional, de 2013, ni la autonómica, de 2015, contemplan un régimen de ejecución forzosa con el que sí cuentan otras autonomías , como Navarra (desde 2018) y Comunidad Valenciana (desde 2022).

Con este panorama, lo único que puede hacer el órgano de garantía de Castilla y León es requerir a la administración para que proporcione los datos. Lo hace enviando dos recordatorios, uno a los dos meses de emitir su resolución y otro más adelante. También divulga el listado de las administraciones desobedientes, en un intento por sacarles los colores, tanto en la página web de la Comisión como en la memoria que cada año Tomás Quintana presenta en las Cortes de Castilla y León.

En ese informe reclama de forma reiterada un instrumento legal que regule la imposición de multas coercitivas para hacer cumplir lo resuelto y evitar así que la naturaleza ejecutiva de las resoluciones, quede «circunscrita a un plano teórico y sin una trascendencia práctica real», indicó hace dos meses en la presentación del informe de 2022. 

Durante la anterior legislatura, hubo un intento de cumplir con esa reivindicación mediante una nueva norma de transparencia autonómica, la ley ‘Meseguer’, que llegó a aprobarse en Consejo de Gobierno en octubre de 2021, remitiendo a las Cortes una norma «para conseguir administraciones más abiertas, comprometidas con la difusión de la información que generan y que rinden cuentas ante la sociedad», según rezaba la nota de prensa enviada ese día por la Junta. El texto quedó sepultado dos meses después cuando el acuerdo PP-Ciudadanos saltó por los aires.

En la actualidad, no está previsto retomar esa regulación. Desde la Consejería de la Presidencia explican que «en este momento no parece oportuno» porque «estamos pendientes de la modificación» de la ley estatal» . «Lo más razonable es esperar el avance en la tramitación de esta modificación, de la que ya se ha realizado la fase de consulta pública» y «a partir de ahí, modificar, si procede, la norma autonómica», indican.

«En segundo lugar, porque a la vista de los informes del Comisionado de Transparencia, la mayor parte de incumplimientos se producen en el ámbito de las corporaciones locales, a las que, aunque se introdujeran modificaciones en este sentido, no resultarían de aplicación porque no están incluidas en el ámbito de aplicación» de la ley autonómica sino en la estatal, añaden desde el departamento de Luis Miguel González Gago.

Recuerdan, además, que la falta de recursos en los ayuntamientos y entidades locales dificulta el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, que precisamente fue uno de los escollos en la gestación del fallido proyecto de ley autonómica. Ahora, la Junta dice que «la opción» es «apoyar el cumplimiento de las obligaciones antes que imponer multas o sanciones» en los pequeños ayuntamientos, donde «el cumplimiento de estas obligaciones, por cierto, está condicionado a la existencia de secretarios interventores de habilitación nacional». 

Más de 1.700 resoluciones desde 2015

Desde 2015, cuando la ley autonómica encomendó al defensor del pueblo la vigilancia de la transparencia, ha emitido 1.771 resoluciones, de las cuales más de la mitad (912) estiman total o parcialmente la pretensión del reclamante. En otra cuarta parte de los casos (450 en total) el solicitante consiguió la información requerida tras presentar una reclamación (lo que pone fin al expediente por desaparición del objeto). Es decir, el ciudadano ha visto reconocido su derecho de acceso, de media, en el 78% de los casos en que recurrió a la Comisión de Transparencia, ya sea mediante una resolución favorable o porque la administración proporcionó la información a raíz de activarse el trámite de reclamación. En 2023, el porcentaje alcanza el 88%.

Esas 912 resoluciones estimatorias afectan a un total de 425 entidades (algunas acumulan varias). Es cierto que la mayor parte de las incumplidoras son ayuntamientos o juntas vecinales y que en muchos casos se trata de entidades muy pequeñas, con escasos recursos o que deben dar respuesta al apetito informativo, a veces insaciable, de algunos vecinos. Es el caso del ayuntamiento palentino de Antigüedad, que acumula 18 resoluciones incumplidas, el mayor número de la Comunidad. O los de Navas de Oro, con 14, Vitigudino y Mahíde, con ocho solicitudes sin atender cada uno.

Pero también destacan entre los insubordinados algunos ayuntamientos de gran tamaño, con más medios que voluntad para dar cumplimiento a las resoluciones. Por ejemplo, el Ayuntamiento de León ha hecho caso omiso a 17 pronunciamientos de la Comisión de Transparencia desde 2016. Y el de Valladolid ha ignorado otros 14.

Entre los 912 pronunciamientos a favor del reclamante, la administración que más veces ha sido enmendada es la Consejería de Medio Ambiente (antes con Fomento y sin Vivienda y Ordenación del Territorio): en 38 ocasiones su criterio ha sido corregido en estos años, pero la mayoría de las veces (22) lo ha aceptado proporcionando la información solicitada. La Consejería de Educación suma 26 resoluciones en su contra y Sanidad tiene 23, aunque ambas con un alto grado de cumplimiento.

Por lo general las administraciones de mayor tamaño se avienen a facilitar la información cuando lo dictamina la Comisión de Transparencia. Atendiendo al número de resoluciones estimatorias, y exceptuando los ya mencionados, a continuación se sitúan la Consejería de la Presidencia (22), el Ayuntamiento de Benavente (17), las consejerías de Agricultura (12) y Familia (11), la Diputación de León (9), el Ayuntamiento de Palencia (8), la Diputación de Burgos (8), la Consejería de Cultura y Turismo (7), el Ayuntamiento de Salamanca (7), la Universidad de León (6), la Consejería de Economía y Hacienda (6),  el Ayuntamiento de Burgos (6) y la Consejería de Empleo, antes con Industria y Comercio (5).  De ellas, sólo el consistorio palentino tienen en la actualidad una sin cumplir.

Los datos de esta información han sido extraídos de la página web de la Comisión de Transparencia. Hemos agrupado como resoluciones incumplidas aquellas en las que la administración no ha proporcionado toda o parte de la información requerida así como las que figuran como ‘pendientes’ desde hace más de dos meses, que es cuando el pronunciamiento adquiere firmeza legal, por ser el periodo en que se puede recurrir a los tribunales. 

Las resoluciones sin cumplir podrían ser más que las 912 aquí computadas, porque la estadística mantiene como ‘pendientes’ otras 155 resoluciones (el 17%), ya sea porque son recientes (hemos dado el corte a fecha 1 de agosto) y aún están en plazo para responder o porque la Comisión de Transparencia ya ha recibido una respuesta pero aún no ha podido revisar su contenido.

La consecuencia de los incumplimientos es que el ciudadano no obtiene la información requerida pese a ver reconocido su derecho. Y la Comisión de Transparencia ( saturada por el creciente volumen de reclamaciones que recibe cada año, con demoras en la resolución que en algunos casos superan los tres años ) ve cómo se echa por tierra su trabajo de documentación, análisis y argumentación para emitir su ‘veredicto’.

En 2015 ‘el defensor del pueblo’ añadió a sus funciones la de órgano de garantía en transparencia sin añadir nuevos recursos. Desde entonces el número de reclamaciones recibidas supera las 3.000 y ha ido en aumento cada año. Y en 2022 se recibieron 794, el mayor número de su creación. En 2016, primer año de funcionamiento, recibió 102, lo que supone que en siete años se han multiplicado casi por ocho. En lo que va de año, suma 457.

En su última intervención en las Cortes, Quintana valoró que «es evidente la voluntad de los ciudadanos, cada vez más explícita, de hacer valer su derecho de acceso a la información, impugnando las actuaciones u omisiones que, a su juicio, lo vulneran». Además, consideró que «la cifra de reclamaciones recibidas también revela la confianza depositada en la Comisión de Transparencia como órgano garante de su derecho a conocer la información de que dispongan las administraciones y demás entidades públicas». Aunque luego sus veredictos sean ninguneados manteniendo el candado sobre datos que no pertenecen a una determinada administración sino que son patrimonio público. 

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