Cárcel para once responsables de vender carne de caballo en mal estado en León
La entrada de ganado no apto para consumo humano se realizaba a través de dos mataderos situados en Astorga y Toreno
Los once acusados de poner en el mercado carne de caballo a sabiendas de que no había pasado los controles sanitarios necesarios, o de que los animales constaban como no aptos para el consumo humano, han reconocido los hechos ante la Audiencia Nacional y han aceptado penas de prisión que van de los 10 meses a los 2 años y 5 meses .
Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, todos ellos han llegado a una conformidad con la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que contempla también para todos ellos inhabilitaciones especiales para la profesión, oficio, industria o comercio relacionado con la venta de ganado equino a los consumidores. Cabe recordar que el Ministerio Público solicitaba en un inicio condenas que llegaban a los 9 años de cárcel.
Ahora, en el escrito de conclusiones definitivas elaborado por el fiscal del caso, José Perals , se recoge que los hechos son constitutivos de dos delitos contra la salud pública y un delito de falsedad documental , pero retira la acusación por el delito de grupo criminal.
Recuerda además que el procedimiento sufrió paralizaciones en su tramitación superiores a las extraordinarias, transcurriendo más de 6 años entre el inicio del procedimiento judicial y el juicio oral que se ha ventilado hoy quedando visto para sentencia. Por eso, el fiscal ya incluye en sus conclusiones que concurre en este caso la atenuante por dilaciones indebidas.
En el auto de pase a procedimiento abreviado, firmado por la titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3, María Tardón, se apuntaba que los investigados participaban desde octubre de 2016 en la introducción en el mercado para los consumidores de carne de equinos "no aptos para el consumo humano, evitando la trazabilidad de la carne y de esta manera el control sanitario" .
Se trataba de un negocio que desarrollaban "con ánimo lucrativo, ya que el precio de los animales no aptos para consumo humano era mucho menor que el destinado a los consumidores". Así, y "para poder cuadrar las cuentas de las sociedades y camuflar el estado real de las mismas se realizaron facturaciones ficticias". "De esta manera se camuflaba el gran número de sacrificios o manufacturas de carne para evitar que pudiera ser investigado por las autoridades administrativas, manejando siempre el dinero en metálico", apuntaba la juez.
Para ello se valían de animales que no tenían ningún tipo de identificación o se dedicaban a adjudicarles una de forma artificial . Así, y para conseguir que un caballo con pasaporte rojo fuese apto para su venta utilizaban documentos de ejemplares muertos en la explotación y que no habían sido grabados en el sistema.
En el peor de los casos, los acusados hacían uso de caballos que no eran aptos para el consumo humano por diferentes razones y que entraban al matadero donde eran sacrificados para después entrar en la cadena alimentaria humana "debido a la falta de control del veterinario oficial" .
Y para que esta cadena funcionase, señalaba la juez, era "indispensable" el acuerdo entre los "entradores" de ganado en los mataderos, los responsables de los centros y el propio veterinario. "Realizaban dicha actividad, evitando el control de los veterinarios dependientes de la Administración o en connivencia con alguno de estos y para ello falsificaban los documentos oficiales relativos a garantizar la trazabilidad de los animales", explicaba.
En el principio de esta dinámica y como responsable de hacer que los caballos llegasen a los mataderos Tardón colocaba a Javier Fernández , que era ayudado por Alejandro Domínguez y Bernardino Castro .
Esa entrada de ganado no apto para consumo humano se realizaba a través de dos mataderos situados en la provincia de León. En el primero, situado en Astorga, los encargados de la adquisición del producto eran Felix Iñigo Roldán y Carlos Valeriano Sanz . Del matadero de Toreno, por su parte, la gestión corría a cargo de Fernando de Sousa y su mujer, Maria Mercedes Arias .
En el primer centro, además, contaban con la connivencia de un veterinario oficial, sin que haya podido determinarse cuál de ellos les ayudaba; mientras que en el de Toreno contaban con la connivencia del veterinario oficial, Ángel Major de Benito -para el que la Fiscalía solicita la pena más alta-.
"Estos veterinarios no ejercían las funciones de inspección que correspondían a su puesto, de tal manera que se posibilitaba que carne no apta para consumo humana fuera destinada finalmente a este fin con riesgo para la salud de los consumidores", explicaba Tardón. Así las cosas, en el matadero de Toreno eran sacrificados unos 2.080 ejemplares a lo largo del año . Sin embargo, según datos oficiales de la Consejería de Ganadería de la Comunidad de Castilla y León, durante el año 2015, en dicho matadero se sacrificaron únicamente 512 caballos .
Como ejemplo de las prácticas seguidas en esos centros, la juez ponía el foco en el 7 de marzo de 2017, cuando se sacrificaron cuatro caballos que "presentaban claros signos de melanomas". El precio de la carne procesada en el centro de Toreno se fijó en 1,50 euros el kilogramo .
El auto reflejaba que los ejemplares "fueron despiezados en dichas instalaciones, teniendo que quitar la carne que presentaba signos evidentes de melanoma , dejando sólo un 20% de la carne donde no eran visibles los nódulos de color negro para poder ser destinadas al consumo humano".
En el último lugar de este organigrama se encontraban los encargados de la distribución de los productos cárnicos procedentes de estos dos mataderos. Así, los responsables de que la carne llegase al consumidor eran Patrice Grima Estarlich y Johanes Maria Marius Cornelius , que utilizaban la empresa CODELTA 91 cuyo gerente era Dionisio Pingarón .
El análisis del estado del producto que comercializaban se produjo a raíz de las entradas y registros que la Guardia Civil realizó en el año 2017 en sendos centros, de donde tomaron muestras que arrojaron que la carne contenía, entre otros, restos de cloranfenicol o residuos de antibacterianos superiores a los límites.
En el escrito de acusación de la Fiscalía se detallaba que el cloranfenicol es un medicamento que tiene efectos nocivos para la salud humana y que por tanto debe evitarse su uso en los animales de abasto, "pues es una sustancia genotóxica (puede provocar daños genéticos y favorecer probablemente la aparición de distintas formas de cáncer)".
Añadía sobre la presencia de sustancias de carácter microbiológico, y más especialmente de antibióticos en los productos de origen animal destinados a consumo humano, que esta "supone riesgos para la salud pública" porque se generan resistencias bacterianas a los antibióticos y porque puede generar "interacciones medicamentosas" y producir reacciones alérgicas en caso de que el consumidor sea sensible a esos antibióticos.
Los agentes también localizaron en el producto monensina sódica y robenidina, "sustancias que no se deben usar" en caballos porque son tóxicas para ellos. Estos productos, además, tienen efectos similares en los humanos: alteración del equilibrio de calcio en las membranas celulares que dañan las células del corazón y del hígado, ocasionando fallo en ambos órganos, con sistematización del daño.