Los magistrados de la Audiencia de Zamora, los más aficionados a rebajar condenas con la Ley del 'Sí es Sí'
La Sección del tribunal zamorano, formado por dos mujeres y un hombre, ha reducido la condena en 9 de los 10 casos de delitos sexuales revisados hasta ahora y ha excarcelado a un violador
La Audiencia Provincial de Zamora es, de lejos, la más aficionada a rebajar la pena a los agresores sexuales de Castilla y León, ya que ha reducido la pena en nueve de los diez casos que ha analizado, e l 90% de las sentencias . También es uno de los seis tribunales provinciales que ha excarcelado a un reo como consecuencia directa de la minoración de la pena de privación de libertad.
La estadística favorable a reducir la pena a los condenados por delitos sexuales en el 90% de los casos contrasta con el balance de la Comunidad (la rebaja solo se aplica en el 33% de casos ) y con los tribunales de las ocho provincias donde no se han producido tantas revisiones favorables al reo, según los datos que acaba de publicar el Tribunal Superior de Justicia de Castilla sobre revisiones de condena tras la entrada en vigor de la ley del ‘Solo sí es sí’ .
La aplicación de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ley de ‘solo sí es sí’, ha supuesto ya en Castilla y León la rebaja de las penas a, al menos, 36 condenados , y en una decena de casos ha supuesto la excarcelación de los reos, según datos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y en los que se recoge la actividad de las nueve audiencias provinciales, hasta la fecha. Tan solo se acerca al balance de Zamora la Audiencia de Salamanca en autos favorables al condenado (66% de los casos), mientras que el resto están muy lejos. Es el caso de León (38%), Burgos (33%), Palencia (25%), Valladolid (16%) y Segovia (16%). Las Audiencias de Soria y Ávila, directamente, no han revisado a la baja ninguna condena.
Casos de cumplimiento de condena
En Palencia solo se inició el trámite de revisión en aquellas sentencias dictadas por la Audiencia en delitos contra la libertad sexual en las que el penado se encuentra cumpliendo condena. De las ocho sentencias revisadas, en dos se ha procedido a la rebaja efectiva de la pena inicialmente impuesta, informa Ical. En el resto, no se ha modificado la pena al ser la nueva regulación igual o más desfavorable que la anterior. Uno de los casos fue un abuso sexual a menor de 16 años, en la que se ha rebajado la pena de ocho años de prisión a seis . El penado continúa el cumplimiento en el centro penitenciario correspondiente. En otro caso, se rebajó la pena inicialmente impuesta de diez años y seis meses de prisión a diez años. En este caso, dado lo avanzado del cumplimiento, la rebaja de pena ha determinado la excarcelación por cumplimiento del penado.
En Valladolid se han revisado 29 expedientes. En 25 casos se acordó no proceder a la revisión de la pena, mientras que se dictaron cuatro resoluciones que acuerdan rebajar la condena, y en tres de ellas supuso la excarcelación.
En Burgos fueron 21 los expedientes analizados y en siete se rebajó la pena. En cinco de ellos se produjo la excarcelación del reo por este motivo, si bien uno de ellos continúa en prisión por otra causa.
Mientras tanto, en Zamora nueve de los diez casos revisados acabaron con una reducción de pena, que en un caso se tradujo en la puesta en libertad del reo.
En Soria se analizaron tres expedientes en los que no se acordó revisar la pena, mientras que en Segovia se revisaron seis, cuatro de oficio y dos a petición de parte (una de ellas está pendiente resolver). En cuatro resoluciones dictadas acuerdan que no procede revisar la pena y la última se rebaja de 12 a nueve años de prisión . Actualmente, el penado cumple condena en Rumanía, donde consta que está en prisión por otras causas.
Igualmente, en Ávila se han revisado dos expedientes, uno pendiente de resolver, mientras en el otro no procede rebajar la condena.
Sin excarcelados en León
En León , de los 18 autos revisados, en siete se acuerda rebajar la pena, pero ninguno conlleva excarcelación.
Por último, en Salamanca , se han deliberado 12 ejecutorias : en siete no procede rebajar la pena y en cinco, sí. De estas últimas ya se ha dictado y notificado una resolución, notificada ayer por la mañana, que no conlleva excarcelación, mientras que se está a la espera de las otras cuatro. Por otra parte, un hombre afincado en Salamanca, encarcelado por violación y lesiones a una mujer por unos hechos ocurridos en 2014, ha visto rebajada su condena por la aplicación de la ley, por lo que pasará 6 años y seis meses en prisión, frente a los siete años y seis meses que se le había impuesto inicialmente. Así lo ha determinado la Audiencia Provincial de Salamanca después de repasar el caso, una vez que la defensa del condenado solicitase la revisión de la sentencia, al entender que la nueva ley, denominada oficialmente como de Garantía Integral de la libertad sexual, podía resultar más favorable. Y así ha sido. En vez de cumplir condena hasta septiembre de 2024, la cumplirá en septiembre de la presente anualidad con la nueva liquidación, si bien el acuerdo aún no es firme. La Audiencia de Salamanca razona la rebaja de tiempo en el hecho de que la sentencia original, fechada en mayo de 2016, condenó al autor por un delito consumado de violación a una pena que se encuadra en el límite mínimo, alejada de los doce años de prisión (correspondientes con el máximo en la anterior ley) que solicitaba la acusación particular. Ahora ese límite mínimo se ha reducido y por eso se ha replanteado, aplicando la misma valoración de parámetros. La agresión se remonta al 16 de febrero de 2014