La espera de rehabilitación por ictus en el hospital del Bierzo se dispara a los 814 días
El Procurador del Común pide «más medios» a Sanidad, desvela que 8.420 pacientes están en cola para una consulta y exige a la Consejería que si no puede cubrirlo pague el tratamiento en una entidad privada
La espera de rehabilitación por ictus en el hospital del Bierzo se dispara a los 814 días , lo que significa que multiplica casi por siete la del hospital de Segovia, el segundo con mayor demora en la Comunidad. El Procurador del Común pide «más medios» a Sanidad, desvela que 8.420 pacientes están en cola para una consulta y exige a la Consejería que si no puede cubrirlo pague el tratamiento en una entidad privada.
Los tres primeros meses tras un ictus son cruciales para reducir las posibles secuelas , en especial en personas mayores. La Federación Española de Ictus recomienda iniciar un programa de rehabilitación lo antes posible, ya que la recuperación funcional es mayor durante el primer mes, se mantiene hasta el tercero, baja a partir del segundo trimestre y resulta menos probable a partir de los seis meses. Con esa premura, cualquier obstáculo o retraso en el acceso al tratamiento supone una pérdida de opciones. De ahí que el Procurador del Común exija «más medios» en el sistema público para garantizar el inicio inmediato de los ejercicios necesarios, evitando derivar al paciente a costosas residencias privadas imposibles de sufragar para muchos afectados.
En una resolución publicada ayer en su página web, el ‘defensor del pueblo’ se pronuncia a raíz de la queja de la familia de una mujer mayor que el pasado mes de enero sufrió un infarto cerebral y que tardó cuatro meses en iniciar el tratamiento de rehabilitación, una tardanza excesiva que «vulnera el derecho de la interesada a recibir una adecuada asistencia sanitaria», sostiene el escrito firmado por Tomás Quintana López.
La reclamación relata que, al ser dada de alta en el Hospital Clínico Universitario de Valladolid, no se le indicó la necesidad de recibir una rehabilitación de manera inmediata sino que «la importante lista de espera dilataría el inicio en tres o cuatro meses». Tampoco se le ofreció una solución a su compleja situación personal:las secuelas tras el ictus no sólo impedían a la paciente valerse por sí misma a partir de ese momento sino también seguir atendiendo a su hijo, de 52 años, aquejado de esclerosis múltiple. La única alternativa ofrecida por el personal de Servicios Sociales fue derivar a ambos, madre e hijo, a una residencia privada –que debían pagar con su patrimonio y cuyo coste sobrepasaba con creces los ingresos de ambos– y donde la mujer podría recibir también el circuito rehabilitador, asumiendo, eso sí, el coste adicional de este servicio.
La investigación iniciada por el Procurador del Común revela que a fecha 31 de marzo de 2022 había en Castilla y León 8.420 personas a la espera de una primera consulta de rehabilitación, con importantes diferencias entre unos hospitales y otros. Los pacientes que más esperan son los Ponferrada, que tienen que aguardar 814 días para ser citados en este servicio, seguidos de los de Segovia, con 133 días de media. En cuanto al número de pacientes, el mayor atasco está en el hospital de Burgos, donde figuran 2.139 personas ‘a la cola’, seguido de Palencia, con otras 1.069.
Llama la atención la discreta lista de espera registrada en el hospital que ocupa este caso, el Clínico de Valladolid, con apenas 208 personas aguardando su turno para ser vistos por el especialista y una demora media de sólo cuatro días, que contrasta con los plazos sufridos por la mujer que motiva la reclamación.
La Consejería de Sanidad justificó su actuación en que no se podía precisar una «fecha concreta de inicio del tratamiento» porque «depende del número de personas que causen el alta en rehabilitación neurológica y de la programación de los pacientes con similar situación clínica». La duración de los tratamientos de rehabilitación «tiene un factor importante, y no controlable a priori, en relación a la evolución individualizada de cada paciente sobre su patología de base», apuntó la Dirección General de Planificación y Asistencia Sanitaria en su respuesta al Procurador del Común.
MEDIOS PÚBLICOS
Desde la Junta respaldan también la decisión de derivar a la paciente a una residencia privada conforme al procedimiento establecido en Castilla y León cuando no existen plazas disponibles en las demandadas unidades de convalecencia sociosanitaria, como era el caso en el momento del alta hospitalaria de la afectada.
En su análisis, la resolución de Tomás Quintana explica que «la frecuencia de los ictus aumenta con la edad y que las consecuencias pueden ser más agresivas» entre las personas mayores.En ese contexto «es fundamental el tratamiento precoz de la enfermedad». A la vista de que no había plaza en las unidades de convalecencia sociosanitaria, sostiene Quintana, «debe ser un objetivo de la Administración ofrecer un trato adecuado a nuestros mayores» y «debe garantizarse una atención integral de tal manera que el proceso asistencial se complete una vez finalizado el ingreso hospitalario con una adecuada rehabilitación que tendría que prestarse a través de los mecanismos propios del sistema», es decir, dentro de la red pública.«No es una opción adecuada», continúa la resolución, la derivación a residencias privadas con un coste elevado, «que en muchos casos no puede ser asumido ni por el mayor ni por sus familias» y, más aún, «cuando el servicio de rehabilitación que precisa el paciente no está incluido dentro de la facturación mensual».
DERECHO DE LOS MAYORES
Aun consciente de que «la rehabilitación integral de una persona mayor con ictus requiere recursos costosos y servicios especializados no siempre disponibles para su prestación inmediata», el defensor del pueblo reflexiona sobre la situación concreta de Castilla y León, una autonomía «afectada por un acusado envejecimiento» donde «debería plantearse la necesidad de implantar e incrementar los medios precisos para hacer efectivos los derechos de nuestros mayores, especialmente en lo relativo a la asistencia s anitaria y a los servicios sociosanitarios».
Recuerda también que «la protección de la salud es un derecho de los ciudadanos, reconocido por la Constitución Española y «un deber de los poderes públicos tutelarlo». «La efectividad del desarrollo de este sistema protector requiere de la existencia de plazas suficientes y adecuadas para satisfacer las necesidades de atención de las personas mayores», apostilla.
En cuanto a las listas de espera, Quintana insiste en que «nada puede justificar las excesivas demoras que en muchas ocasiones se producen» y recuerda la petición del Consejo Consultivo para topar los plazos máximos de espera para una consulta externa y prueba diagnóstica, como ya sucede con las cirugías. Además, muestra su preocupación por los tiempos de espera tras la pandemia. «Si ya era necesario abordar el problema de forma urgente, ahora deben tomarse medidas extraordinarias a tal efecto», añade al recordar también las diferencias entre los distitnos distintos hospitales de la Comunidad.
Según datos de la Sociedad Española de Neurología (SEN) el 40% de los casos de ictus provoca secuelas a los afectados que les inhabilitan para desarrollar actividades cotidianas. El trabajo de rehabilitación después de un ictus trata de devolver a los pacientes las capacidades perdidas y enseñarles a adaptarse a la nueva situación. El principal objetivo de la rehabilitación es reducir el impacto que las posibles secuelas pueden causar en el paciente, aliviar el dolor, eliminar la rigidez de las articulaciones y evitar enfermedades como la depresión.