319 edificios BIC de Castilla y León carecen de régimen de visitas pese a ser obligatorio
El Procurador del Común reclama el calendario con los días de apertura al público / Emplaza a Cultura a revisar las dispensas concedidas, que suman 55, porque no siempre están justificadas
Todos los bienes de interés cultura l (BIC) están obligados a mantener un régimen de visitas que, como mínimo, fije cuatro días al mes de acceso gratuito a sus instalaciones. Pues bien, carecen de ese preceptivo calendario 319 de los 2.573 inmuebles calificados con este nivel de protección en Castilla y León. Los incumplidores son el 12%. Así lo ha constatado el Procurador del Común en una actuación de oficio en la que saca a la luz varias deficiencias en la labor vigilante que la Consejería de Cultura debe mantener para garantizar el acceso público a estos edificios.
La propia información remitida desde la Junta a petición del ‘defensor del pueblo’ revela que «la mayoría» de los BIC de la Comunidad cuentan con un horario de visita que puede consultarse en el portal de Patrimonio Cultural de Castilla y León y que establece los días y horarios en los que el inmueble es accesible para el público , tal y como establece la normativa autonómica.
Sin embargo, el estudio ha comprobado que otros 319 carecen de ese calendario, «tratándose en muchos casos de inmuebles religiosos –iglesias, monasterios, abadías, ermitas, capillas, santuarios– pero también de otro tipo –palacios, castillos, cuevas, bodegas, conjuntos mineros, colegios, museos, etcétera–», explicó ayer el procurador Tomás Quintana en un comunicado enviado a la prensa.
Además de figurar en internet, los días y horarios de apertura deben ser visibles al público en cada edificio. «Consideramos que lo más apremiante es conseguir que los 319 bienes que no tienen régimen de visitas [...] obtengan la aprobación del correspondiente calendario teniendo en cuenta que la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León acaba de cumplir ya dos décadas de vigencia», expone el Procurador del Común en su actuación de oficio.
Colaboración con la Iglesia
Dado que buena parte de esos bienes son religiosos y «en virtud de la colaboración que debe existir entre la Administración autonómica y la Iglesia Católica», emplaza a ambas entidades a «abordar entre ambas la forma en la que podría ir implantándose los regímenes de visitas gratuitas en el conjunto de los bienes cuya titularidad corresponde a la Iglesia».
La normativa autonómica contempla también la posibilidad de eximir al propietario de un BIC de abrir al público cuando concurran ciertas circunstancias. Por ejemplo, si se trata de recintos inestables o en estado ruinoso, impidiendo un acceso con garantías de seguridad para el visitante.
O cuando prevalece el derecho a preservar la intimidad de sus moradores, ya sea una familia particular, los clientes de un hotel o una congregación de monjas de clausura. Impedir un peregrinaje turístico que interfiera en la actividad ordinaria del edificio si se trata de un colegio o de las oficinas de una administración o la imposibilidad de contar con personas que se comprometan a abrir de forma regular algunas remotas iglesias en la despoblada Castilla y León son otras causas que pueden sostener estas dispensas que, en todo caso, debe emitir la delegación territorial de la Junta tras evaluar cada caso .
En este sentido, el informe de Tomás Quintana ha comprobado que en la actualidad hay 55 bienes de interés cultural liberados de esa obligación , ya sea en una parte o en la totalidad de sus instalaciones, pero que las razones esgrimidas para conceder esta ‘bula’ a sus titulares no siempre están bien motivadas y actualizadas.
«Hemos advertido que esa dispensa no siempre se halla suficientemente justificada, al apoyarse en una mera remisión a la normativa reguladora», detalla Quintana, al echar en falta una motivación razonada y específica para cada caso , «más allá de una mera remisión a los preceptos que las ampararían».
Recuerda, además, que en muchos casos «concurre el interés público que conlleva el acceso al Patrimonio Cultural con otros intereses particulares que también son dignos de protección, en particular el derecho a la intimidad personal y familiar» y que al examinar cada caso podría prevalecer aquel sobre éste como sucedió con el controvertido acceso al Pazo de Meirás de Sada, de A Coruña.
«Por lo expuesto, la debida ponderación de los intereses que puedan entrar en colisión debe ser reflejado en la fundamentación de las resoluciones que dispensen total o parcialmente de la obligación de facilitar el acceso a los Bienes de Interés Cultural o inventariados», sostiene.
Por otro lado, advierte que las razones que en su día pudieron justificar una dispensa han podido caducar. Por ejemplo, en el caso de exenciones por obras concedidas hace años: «parece necesario revisar si se mantiene la justificación de la dispensa» o si, habiendo finalizado la intervención, decae también la exención.
El número de bienes dispensados de las visitas ha crecido en los últimos años. En 2015 eran 37. En 2018 subieron hasta los 44. Y ahora son 55.
Por último, el Común reclama a la Consejería de Cultura la memoria del Plan de Inspección de los Bienes de Interés Cultural de Castilla y León 2017-2020 , un documento que debía estar disponible desde marzo de 2021 en la web de la Junta y contener un resumen de las actuaciones realizadas, la cuantificación de los resultados obtenidos y las propuestas para la elaboración del próximo plan de actuaciones».