El BOCyL publica la creación del registro de médicos que objetan para no practicar eutanasias
La Junta trata de hacer "compatible" el cumplimiento de la ley que regula la eutanasia con el derecho de los profesionales sanitarios de poder ejercer la objeción de conciencia
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado este martes el decreto por el que se se crea el registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia para la prestación de ayuda para morir. Según informó el pasado jueves el portavoz de la Junta, Carlos Fernández Carriedo, un total de 415 profesionales sanitarios de Castilla y León ha solicitado el formulario para su adhesión al registro de objetores de conciencia ante la eutanasia.
Castilla y León
Más de 400 médicos de Castilla y León objetan para no practicar eutanasias
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En concreto, la Junta ha dado el visto bueno al decreto que regulará el derecho de los profesionales sanitarios directamente implicados a ejercer la objeción de conciencia en la prestación de la ayuda para morir, lo que debe solicitarse por escrito y que quedará recogido en un registro electrónico y único para toda la Comunidad.
Se trata de hacer "compatible" el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2021 que regula la eutanasia con el derecho de los profesionales sanitarios de la Comunidad de poder ejercer la objeción de conciencia, además de que el registro permitirá a la Junta disponer de la información necesaria para garantizar la gestión adecuada de la prestación.
La ley regula el ámbito de aplicación, que alcanza a todos los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir -es decir, que realicen el acto médico para la eutanasia o las prestaciones y auxilios asistenciales necesarios- y que ejerzan en Castilla y León, independientemente de la naturaleza o duración de su relación laboral y del centro en el que desempeñen su trabajo -público, privado o concertado-.
El acceso al registro estará regulado y podrá producirse por el propio interesado, por los gerentes de Asistencia Sanitaria, Atención Primaria y Atención Especializada de Sacyl en el ámbito público o por los directores de la actividad asistencial de los centros privados.
El decreto sistematiza la confidencialidad de los datos del registro, que sólo podrán usarse para fines organizativos, de archivo, estadísticos o científicos, y se garantiza el cumplimiento de la normativa de protección de datos en relación con las personas inscritas en el registro.
Además, la Dirección General de Salud Pública ha puesto a disposición de los profesionales interesados un formulario para realizar la declaración de objeción de conciencia, que se encuentra disponible en el Portal de Salud de la Junta de Castilla y León.
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