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Absuelto un joven que había sido condenado en Burgos por abuso sexual a una menor en Aranda

Los hechos ocurrieron en las fiestas de la localidad del 8 de septiembre de 2018

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Publicado por
ICAL | VALLADOLID

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) revoca una sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos que condenó a joven por abuso sexual a una menor en Aranda de Duero tras una fiesta. De esta forma, estima íntegramente el recurso del acusado y lo absuelve , según informaron hoy fuentes del Alto Tribunal de la Comunidad.

En ese sentido, la nueva sentencia de la Sala de lo Civil y Penal , con sede en Burgos, anula la anterior del 29 de noviembre del pasado año, si bien contra el fallo del TSJCyL puede interponerse recurso de casación en el plazo de cinco días desde su notificación. Los hechos ocurrieron en las fiestas del 8 de septiembre de 2018, cuando dos chicas, una menor, terminaron durmiendo en casa del acusado.

Al respecto, el tribunal ve una “ausencia del más elemental sustrato probatorio” para no respetar la presunción de inocencia del acusado. Además, señala que las “evidentes dudas” que se han encontrado en el análisis del mismo deben de jugar a favor del condenado para ser absuelto.

También indica que “produce extrañeza” que estando privada de razón y de sentido la víctima cuando sufrió la agresión, consistente en tres penetraciones que concluyeron en otras tantas eyaculaciones, para lo que el supuesto agresor tuvo que desnudarla quitándole los pantalones vaqueros que vestía y la ropa interior que llevaba debajo, apareciese perfectamente vestida a la mañana siguiente.

“No llegamos a entender que, cuidadosamente, volviese a vestirla para disimular de ese modo su proceder. O que, pese a la enorme embriaguez que la asolaba, lograse ella vestirse inmediatamente y no optase por despreocuparse y seguir durmiendo tal y como estaba”.

También señala que el acusado negó en una conversación privada por Instagram que hubiera mantenido relaciones con la menor, tras la insistencia de una amiga y no se da por probada otra en la que el condenado habría reconocido los hechos.

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La Audiencia lo había condenado como autor penalmente responsable de un delito de abuso sexual a menor de 16 años con acceso carnal por vía vaginal, a ocho años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, así como a no comunicarse o acercarse a la víctima a una distancia inferior a 500 metros durante nueve años y a estar bajo libertad vigilada durante otros ocho años. También le impulso una indemnización de 4.000 euros.