Condenan a la burgalesa 'La Reina de la Coca' a 16 años de cárcel por narcotráfico
La Audiencia Nacional le impone una multa de 21,2 millones por liderar un red que en 2014 vendió más de 100 kilos de cocaína
La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a la burgalesa Ana María Cameno , conocida como 'La Reina de la Coca', a 16 años de cárcel y una multa de 21,2 millones de euros por ser la líder de una red de narcotráfico que en 2014 vendió más de 100 kilos de cocaína por unos 15 millones de euros que fueron blanqueados a través de transferencias a Panamá.
En un fallo del pasado miércoles, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados de la Sección Segunda condenan a Cameno a 12 años y un día de prisión por un delito contra la salud pública y otros cuatro años por un delito de blanqueo de capitales, aunque le absuelve del de tenencia ilícita de armas. Su condena es inferior a la solicitada por la Fiscalía, que pidió 25 años de cárcel.
El tribunal le exime de este último delito al considerar que "aunque tuviera una disponibilidad al arma, por residir en el domicilio donde se encontró", no disponía de ella en "sentido concreto". "El arma estaba ahí, pero no consideramos probado que la hubiera introducido allí ni estuviera bajo su custodia o que incluso ella hubiera accedido al arma en alguna situación; es decir que tuviera ver verdaderamente algo con el arma".
Fuentes jurídicas han explicado a esta agencia de noticias que la vista para decidir sobre el ingreso en prisión de los 12 condenados se celebrará este miércoles a partir de las 10.00 horas en la Audiencia Nacional.
La distribución de la coca
A lo largo de 97 folios, el tribunal pone el foco en cómo Cameno, que ya había sido encausada en distintas operaciones de narcotráfico, se dedicó a pesar de estar en libertad vigilada a la "distribución y venta a terceros de importantes cantidades de cocaína".
En el desarrollo de esa actividad "mantenía contactos regulares con suministradores y con encargados del transporte de la sustancia" y, "junto con la que era su pareja sentimental en aquel momento, se ocupaba de los pagos correspondientes a las ventas de esta sustancia, así como de los contactos con la red encargada de darle soporte técnico, jurídico y financiero".
Para todo ello, detalla el fallo, Cameno "adoptaba medidas de seguridad extremas, evitando en lo posible las comunicaciones telefónicas, valiéndose de terceras personas y realizando encuentros personales, en el interior de los distintos vehículos de los que era usuaria y en otros lugares".
Además, para el transporte de la cocaína Cameno "hacía uso de distintos vehículos, siempre a nombre de terceros, que habían sido manipulados para alojar en una caleta oculta" la droga. Estos coches, a su vez, "eran conducidos por otros miembros o colaboradores de su organización criminal, a quienes Cameno daba instrucciones para recoger la droga y entregarla a los compradores".
Cameno, que junto a su pareja constituía la "estructura base permanente" de la organización, también se valían de "otras personas que intervenían en cada concreta operación" y "que se integraban" en la red de la que 'La Reina de la Coca' era la máxima exponente.
Los magistrados destacan que ni Cameno ni su pareja "desarrollaban ninguna actividad laboral ni mercantil o empresarial lícita que les produjera rendimientos económicos". "Sin embargo, sin disponer de medios de vida regulares conocidos, llevaban un nivel de vida que requería de un muy elevado nivel de ingresos económicos para sostenerlo", señalan.
Así, ambos "disponían de varias casas lujosas arrendadas, vehículos de alta gama y otros muchos gastos suntuarios". "Estas consideraciones se efectúan exclusivamente para poner de manifiesto, que los únicos ingresos económicos conocidos de los referidos eran los que pueden deducirse de su dedicación en exclusiva al tráfico de drogas, a través de la estructura que tenían organizada al efecto", concluye el fallo.
Blanqueo de capitales
En su sentencia, la AN acredita que para blanquear las ganancias del narcotráfico, Cameno y su pareja encargaron a Marco Antonio Gómez como "persona de confianza" contactar con David García, que "disponía" y les facilitó un "entramado financiero y societario destinado a facilitar la ocultación de fondos y actividades".
Recuerda el tribunal que las investigaciones policiales sobre la actividad de 'La Reina de la Coca' para blanquear los beneficios económicos del tráfico de drogas comenzaron el 5 de junio de 2014 tras el hallazgo "casual" de 48.750 euros dentro de una papelera que había en el sótano de una cafetería de Majadahonda (Madrid), donde la principal acusada se había reunido con otra persona. Al salir de allí fue identificada por la Policía Local y llevaba encima 10.000 euros en un bolso de mano y "diversas" llaves de coches e inmuebles.
Desde entonces, el seguimiento policial sobre Cameno descubrió que se veía con su pareja y otros acusados, a los que le entregaban "importantes cantidades de dinero" para que lo ingresaran "a través de cuentas bancarias a nombre de terceros y su ulterior transferencia a Panamá". La primera tuvo lugar a los cinco días.
El dinero debía "transferirse a una cuenta creada 'ad hoc' en el Banco Universal de Panamá" que estaba a nombre de un "hombre de paja" que prestaba su identidad "para ocultar la verdadera titularidad de los fondos", relatan los magistrados en la sentencia.
Y añaden que al enviarlo --casi medio millón de dólares-- a Panamá tuvieron problemas, lo que provocó "desavenencias" entre ellos por la falta de confirmación. Solo lograron transferir 54.000, "siendo devuelto el resto" a Bandenia, el banco de José Miguel Artiles, "sin que se sepa con certeza el destino final del dinero".
Declaraciones "mínimamente creíbles
Por otro lado, el tribunal echa por tierra las "versiones sobre los hechos" ofrecidas por los acusados durante el juicio, y que trataban de dejar claro que actuaron legalmente, buscando únicamente "realizar una inversión", y asegurando que "desconocían que los fondos manejados fueran de procedencia ilícita, negando incluso haber mandado algún capital a Panamá".
"Ninguna de dichas declaraciones a nuestro juicio dispone de mínima verosimilitud, ni siquiera se tienen por parcialmente fiables, y mínimamente creíbles, no compadeciéndose en realidad con situaciones evidentes dimanantes de la dinámica de cómo se producen los hechos", afirma la sentencia.
Del resto de acusados de integrar la organización encabezada por Cameno, el tribunal ha impuesto la pena más alta a Graziano Molón y Carmen Cano, un total de 9 años de cárcel y 15 millones de euros de multa a cada uno como autores de un delito contra la salud pública.
También a 9 años es castigado Miguel Ángel López, pero a una multa inferior de 3 millones. Lo considera responsable del mismo delito, que también aplica en la sentencia a Rubén Isaac Blanco (8 años y 5 millones de multa), José Tomás Moya (7 años y 200.000 euros), Guillermo Velasco (4 años y medio, más 150.000 euros).
Respecto al blanqueo de capitales, la Audiencia lo atribuye a David García, condenado a 5 años de cárcel y a 1,2 millones de multa, misma cantidad que fija --aunque rebajando a 4 los años entre rejas--- para Marco Antonio Gómez, Guillermo Guadalix, Jesús Gil y José Miguel Artiles, a quien absuelve de apropiación indebida.